
Caso Zuccolillo: los argumentos que expuso la Comisión Interamericana
En el marco de la audiencia sobre el caso ...
En el marco de la audiencia sobre el caso Aldo Zuccolillo vs. Estado paraguayo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), el relator especial para la libertad de expresión, en representación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIHD), Pedro Vacca, presentó las observaciones finales de dicha organización.
En octubre del año pasado, la Comisión presentó oficialmente ante la Corte-IDH el caso por violaciones al derecho a la libertad de expresión, al principio de legalidad y a las garantías judiciales en perjuicio de Zuccolillo.
Vacca empezó señalando que la Corte-IDH tiene la oportunidad de reforzar su senda protectora de la libertad de expresión, especialmente en asuntos de interés público frente a demandas que buscan afectar el debate público.
Actuó dentro del derecho de libertad de expresiónA su vez, presentó hechos no controvertidos en el marco del caso, como que Zuccolillo actuó dentro del marco de su derecho a la libertad de expresión al realizar las publicaciones contra su demandante, el entonces senador colorado Juan Carlos “Calé” Galaverna.
“En el presente caso, la Comisión entiende que las publicaciones de Zuccolillo se basaron en documentos que recibió y en testimonios verificados razonablemente de acuerdo a las prácticas periodísticas”, expresó. Destacó que, pese a ello, el Poder Judicial paraguayo sancionó penalmente al director de ABC, contrariando los estándares interamericanos.
Inhibición de la democraciaSegún el relato, la publicación de información sobre asuntos de interés público no puede convertirse en un delito y cualquier restricción a la expresión en estos casos debe ser estrictamente justificada y proporcional.
“El uso del derecho penal en el caso del honor de funcionarios públicos no solo es innecesario y desproporcionado, sino que ciertamente inhibe el debate democrático”, dijo.
El relator recordó que el senador, además de presentar una denuncia inicial por calumnia, injuria y difamación, amplió sistemáticamente la querella con cada publicación que lo mencionaba e, inclusive, buscó la prisión del director de ABC después de ganar instancias judiciales inferiores.
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Vacca afirmó que para la Comisión la conducta de Galaverna constituye un ejemplo clásico de SLAPP (Strategic Lawsuit Against Public Participation, por sus siglas en inglés), que hace referencia demandas estratégicas diseñadas para silenciar voces críticas y disuadir el debate público mediante el uso abusivo del sistema judicial. “El senador usó la querella como si fuera una caja de quejas personal”, sostuvo.
Desproporcionado uso del Poder JudicialOtro de sus argumentos fue la desproporción y el carácter innecesario del empleo del derecho penal. Recordó que, si bien el honor es un derecho que merece protección, los funcionarios del Estado que eligen participar en la vida política deben aceptar un mayor nivel de crítica, ya que sus actos forman parte del interés público.
En ese sentido, afirmó que la aplicación de penas de cárcel y altas multas a Zuccolillo no solo era excesiva, sino que tenía un efecto inhibidor sobre el periodismo y la participación ciudadana.
La Comisión también destacó violaciones al debido proceso, como que los tipos penales aplicados -calumnia, difamación e injuria- eran vagos e imprecisos; la norma que introdujo penas adicionales se aplicó retroactivamente; y las sentencias carecieron de motivación clara.
“No se produjo prueba alguna para fundamentar ese cálculo (de la pena) y tampoco la Corte Suprema de Justicia expresó por qué se utilizó la misma base para la pena de composición”, dijo.
Precedentes del casoAdemás, en su alocución cuestionó que la duración excesiva del proceso, que se extendió por casi siete años, infringió el derecho a un plazo razonable.
Vacca, además, citó jurisprudencia relevante, recordó casos como Álvarez Ramos vs. Venezuela, Palacio Urrutia vs. Ecuador y Baraona Bray vs. Chile, en los que se resaltó el valor de la libertad de expresión y se prohibió el uso del derecho penal frente a denuncias sobre asuntos de interés público.
Medidas de reparaciónComo medidas de reparación, refirió que la Comisión recomienda al Estado paraguayo despenalizar los delitos de difamación, injuria y calumnia en asuntos de interés público.
También implementar mecanismos judiciales para prevenir demandas estratégicas y fortalecer la capacitación de jueces y funcionarios sobre la protección de la libertad de expresión.
Importancia del casoEl relator, igualmente, enfatizó en la importancia del caso para la protección del derecho a la libertad de expresión en las Américas.
”Un pronunciamiento de la Corte no solo dignificará al señor Zuccolillo, hoy fallecido, y a sus familiares, sino también será una oportunidad importante para que la Corte avance en las luchas contra las demandas estratégicas, contra la participación pública y contra la sofisticación de las formas de censura”, expresó.
“Las herramientas del Estado democrático no pueden ser utilizadas para sofocar el debate sobre temas valiosos para la Comisión Americana”, finalizó.
Antecedentes del casoEn 1998, el entonces senador Juan Carlos Galaverna demandó a ABC Color y a su director Aldo Zuccolillo por calumnia, difamación e injuria, y la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dictó una condena millonaria, de US$ 250.000.
La Comisión Interamericana había cuestionado la aplicación retroactiva de la ley penal, señalando violaciones al principio de legalidad e irretroactividad.
La audiencia ante la Corte-IDH se realizó en el marco del 179° período ordinario de sesiones de este tribunal internacional.