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Violencia contra la mujer: conocé las cuatro principales señales de alerta

Por lo general, los maltratadores son muy hábiles en mentir y ocultar su comportamiento y podrían hacerse pasar por víctimas de su conducta. En Paraguay se encuentra vigente la ley N° 5777/16, ...

Por lo general, los maltratadores son muy hábiles en mentir y ocultar su comportamiento y podrían hacerse pasar por víctimas de su conducta. En Paraguay se encuentra vigente la ley N° 5777/16, De “Protección Integral a las Mujeres contra toda forma de Violencia”.

Las Naciones Unidas define violencia contra la mujer como “todo acto de violencia de género que resulte, o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas como tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se produce en la vida pública o privada”.

Combatir la violencia contra las mujeres es un paso fundamental para alcanzar la igualdad real entre mujeres y hombres en los diversos ámbitos de la vida: familiar, social, político, económico, laboral y otros, es la meta que el Estado paraguayo se comprometió alcanzar para el año 2030 con los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas, indica una publicación del Ministerio de Salud Pública.

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Ley de “Protección Integral a las Mujeres contra toda forma de Violencia”

Esta Ley es una herramienta fundamental del Estado paraguayo para garantizar la implementación de una política pública integral para la prevención de la violencia hacia las mujeres, y para la ejecución de mecanismos de atención y medidas de protección, sanción y reparación integral, tanto en el ámbito público como en el privado, a las mujeres víctimas de 15 tipos de violencia, reconocidos y definidos en la Ley.

Las diferentes formas de violencia conceptualizadas en la Ley N° 5777/16 de Protección Integral a las Mujeres contra toda forma de Violencia, son: violencia feminicida, física, sicológica, sexual, contra los derechos reproductivos, patrimonial y económica, laboral, política, intrafamiliar, obstétrica, mediática, telemática, simbólica, institucional y contra la dignidad.

Cuatro señales de maltratos Revisa tu celular sin permiso.Te prohíbe ponerte lo que te gustaReacciona agresivamenteTe aleja de tus seres queridosTipos de violenciaViolencia feminicida: es la acción que atenta contra el derecho fundamental a la vida y causa o intenta causar la muerte de la mujer y que está motivada por su condición de tal, tanto en el ámbito público como privado.Violencia física: es la acción que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo dolor, daño en su salud o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato que afecte su integridad física.Violencia psicológica: es el acto de desvalorización, humillación, intimidación, coacción, presión, hostigamiento, persecución, amenazas, control y vigilancia del comportamiento y aislamiento impuesto a la mujer.Violencia sexual: es la acción que implica la vulneración del derecho de la mujer de decidir libremente acerca de su vida sexual, a través de cualquier forma de amenaza, coacción o intimidación.Violencia contra los derechos reproductivos: es la acción que impide, limita o vulnera el derecho de la mujer a decidir libremente el número de hijos que desea tener y el intervalo entre los nacimientos.Violencia patrimonial y económica: acción u omisión que produce daño o menoscabo en los bienes, valores, recursos o ingresos económicos propios de la mujer o los gananciales por disposición unilateral, fraude, desaparición, ocultamiento, destrucción u otros medios, así como el negar o impedir de cualquier modo realizar actividades laborales fuera del hogar o privarle de los medios indispensables para vivir.Violencia laboral: es la acción de maltrato o discriminación hacia la mujer en el ámbito del trabajo, ejercida por superiores o compañeros de igual o inferior jerarquía.Violencia política: es la acción realizada contra la mujer que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que la misma participe de la vida política en cualquiera de sus formas y ejerza los derechos previstos en esta Ley.Violencia intrafamiliar: es la acción de violencia física o psicológica ejercida en el ámbito familiar contra la mujer por su condición de tal, por parte de miembros de su grupo familiar. Violencia obstétrica: es la conducta ejercida por el personal de salud o las parteras empíricas sobre el cuerpo de las mujeres y de los procesos fisiológicos o patológicos presentes durante su embarazo, y las etapas relacionadas con la gestación y el parto. Es al mismo tiempo un trato deshumanizado que viola los derechos humanos de las mujeres.Violencia mediática: es la acción ejercida por los medios de comunicación social, a través de publicaciones u otras formas de difusión o reproducción de mensajes, contenidos e imágenes estereotipadas que promuevan la cosificación, sumisión o explotación de mujeres o que presenten a la violencia contra la mujer como una conducta aceptable. Se entenderá por “cosificación” a la acción de reducir a la mujer a la condición de cosa.Violencia telemática: es la acción por medio de la cual se difunden o publican mensajes, fotografías, audios, videos u otros que afecten la dignidad o intimidad de las mujeres a través de las actuales tecnologías de información y comunicación, incluido el uso de estos medios para promover la cosificación, sumisión o explotación de la mujer.Violencia simbólica: consiste en el empleo o difusión de mensajes, símbolos, íconos, signos que transmitan, reproduzcan y consoliden relaciones de dominación, exclusión, desigualdad y discriminación, naturalizando la subordinación de las mujeres.Violencia institucional: actos u omisiones cometidos por funcionarios, de cualquier institución pública o privada, que tengan como fin retardar o impedir a las mujeres el acceso a servicios públicos o privados o que en la prestación de estos se les agreda o brinde un trato discriminatorio o humillante.Violencia contra la dignidad: es la expresión verbal o escrita de ofensa o insulto que desacredita, descalifica, desvaloriza, degrada o afecta la dignidad de las mujeres, así como los mensajes públicos de autoridades, funcionarios o particulares que justifiquen o promuevan la violencia hacia las mujeres o su discriminación en cualquier ámbito.

Fuente: https://www.abc.com.py/nacionales/2025/05/05/violencia-contra-la-mujer-conoce-las-cuatro-principales-senales-de-maltrato/

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