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Este será el salario mínimo desde julio, tras aprobación del Presidente

La ministra de Trabajo Empleo y Seguridad Social, Mónica Recalde, informó que el miércoles próximo junto con el Consejo Nacional de Salarios Mínimos le presentarán al Presidente de la Repúbl...

La ministra de Trabajo Empleo y Seguridad Social, Mónica Recalde, informó que el miércoles próximo junto con el Consejo Nacional de Salarios Mínimos le presentarán al Presidente de la República la propuesta de reajuste salarial.

A partir de julio, el sueldo mínimo pasará de G. 2.680.000 a G. 2.798.309. Así, el incremento será de G. 117.936. Esto significa que al fin de mes de julio, todos los trabajadores que cobran el salario mínimo legal vigente para actividades diversas no especificadas percibirán este nuevo sueldo.

Este incremento fue calculado en base al acumulado anual para el reajuste de salario, que quedó en 4,4%.

El reajuste se realiza en virtud de la ley de reajuste del salario mínimo del año 2016.

Por otra parte, para los que ejercen el trabajo en la modalidad de jornada, el jornal queda establecido en G. 107.627.

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En Paraguay hay multiplicidad de salarios

La ministra recordó que en Paraguay tenemos multiplicidad de salarios diferentes. Por ejemplo, se tienen salarios para trabajadores de establecimientos ganaderos, agrícolas, para panaderías y transporte de hoteles. Estas son las actividades que están especificadas, y para estos casos, el Ministerio de Trabajo emitirá una resolución a través de la cual regulará esos salarios.

En otro orden, la funcionaria también explicó que está permitido contratar un trabajador durante menos de ocho horas y pagarle menos de un jornal. En este caso, el pago por hora es de G. 13.453. Cabe destacar que este es el pago mínimo, pero si hay acuerdo entre empleado y empleador, se puede pagar más.

Eso sí, si la jornada es de ocho horas se debe pagar el jornal, que es de G. 107.627.

Si el empleado hace más de ocho horas, debe cobrar horas extras.

Más info: Reajuste del salario mínimo: ¿de cuánto sería el aumento y desde cuándo?

Contrato es instrumento legal

La ministra recomienda siempre hacer un contrato de trabajo donde se establezcan las condiciones del vínculo.

Al establecerse un contrato entre las partes, este se convierte en la garantía tanto del empleado como del empleador. En el caso de existir una denuncia ante el Ministerio de Trabajo, este papel es un instrumento legal que puede demostrar la relación laboral.

Quien contrata a alguien como jornalero también puede inscribirlo al IPS. El trabajador debe tener un mínimo de 18 días trabajados.

En cuanto al salario mínimo doméstico, con el reajuste quedará en G. 2.798.309.

Fuente: https://www.abc.com.py/economia/2024/06/06/este-sera-el-salario-minimo-desde-julio-tras-aprobacion-del-presidente/

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