
“Cuco” de hackeos en Diputados haría correr riesgosa ley de datos personales
Como 6º punto del orden del día de la sesión ordinaria de Diputados, convocada para las 9:00 de hoy, figura el proyecto de ley ...
Como 6º punto del orden del día de la sesión ordinaria de Diputados, convocada para las 9:00 de hoy, figura el proyecto de ley “de Protección de Datos Personales en Paraguay”, aprobado en general y que falta ser analizado en particular. El tratamiento coincide con casos recientes de presuntos “hackeos” que afectan al Gobierno.
La versión que será utilizada como base es la de la “omnipotente” comisión de Equidad Social e Igualdad entre Hombres y Mujeres, presidida por la líder de la bancada cartista, Rocío Abed, que se impuso a la fuerza sobre la de quienes hace tiempo venían trabajando el proyecto desde la Comisión de Ciencia y Tecnología.
Con el proyecto se pretende dar al Gobierno la potestad de controlar el uso de datos personales, justo cuando se pone en seria duda su capacidad para ello, luego de que la semana pasada se haya denunciado una filtración masiva de datos obtenidos de fuentes públicas y ayer, el supuesto hackeo a autoridades nacionales a manos del Gobierno de Brasil.
Se consideran datos personales los que permitan la identificación, datos biométricos los referentes a características físicas y/o fisiológicas, y datos personales sensibles son los relativos a origen racial o étnico; creencias o convicciones religiosas, filosóficas y morales; afiliación sindical o política, que puedan llevar a discriminar o poner en riesgo al titular.
Primeramente, se pondría en riesgo la Ley de Libre Acceso a la Información Pública, ya que en el artículo 24 se establecen posibles restricciones a la solicitud de datos de funcionarios públicos.
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Esto debido a que se pretende establecer un procedimiento donde, ante requerimiento de datos de funcionarios, se les correrá traslado sobre el pedido para que no solo tengan conocimiento, sino pudiendo estos dar su negativa a la provisión de la información.
En el caso de negarse a la provisión de información, la Agencia que se creará para el control de datos personales tendrá la última palabra.
Lo que dice el artículo uno de la ley de protección de datosLa propuesta de ley también pone en riesgo el Estado de Derecho consagrado en el artículo 1º de la Constitución, desde el momento que no deja en claro cuáles son las faltas a ser aplicadas al ciudadano.
En el artículo 5º, numeral 7 y el artículo 43 dejan al arbitrio del Poder Ejecutivo establecer las faltas mediante el decreto reglamentario. Solo se establece que las faltas serán graves o leves, nada más.
A esto hay que sumar que el artículo 44 sobre las sanciones a ser impuestas, señala que pueden aplicarse multas que van desde los 2.500 jornales mínimos (G. 269.067.500) hasta los 10.000 jornales mínimos (G. 1.076.270.000), y otra vez sin especificar qué faltas ameritan sanciones más leves y cuáles las más severas. Finalmente, se crea una nueva dependencia estatal y se da más poder al Ejecutivo.
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Riesgo del uso de datosLa protección de datos personales es una cuestión muy compleja más aún con el avance de la tecnología. Desde los celulares particulares que recopilan datos de tráfico o preferencia hasta cámaras de seguridad con posibilidad de reconocimiento facial, se recopila información personal.
Esto puede ser objeto de mal uso que va desde la venta de base de datos con fines comerciales (promoción) hasta el uso con fines delictivos (estafa, robo de identidad, etc.) pero también por parte del Gobierno (espionaje y otros) por lo que este último tiene un doble rol: debe controlar pero también acogerse a la ley.