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Alexandre Rodrigues buscará su extradición al Brasil

Para este miércoles 3 de diciembre está prevista la realización de la audiencia preliminar a ...

Para este miércoles 3 de diciembre está prevista la realización de la audiencia preliminar a Alexandre Rodrigues Gomes, por el caso Pavo Real Py II. El fiscal Andrés Arriola ratificó, hace una semana, su acusación y el pedido de juicio por supuesto narcotráfico, asociación criminal de la ley de drogas y lavado de activos provenientes del narcotráfico.

En la fecha, el juez penal de garantías Especializado en Crimen Organizado, Osmar Legal, podría definir si la causa pasa o no a la instancia de juicio oral y público.

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En la sesión anterior de la audiencia preliminar, la defensa de Alexandre Rodrigues, ejercida por las abogadas Noelia Núñez y Amanda Silva, plantearon la nulidad de la acusación del Ministerio Público.

Sin embargo, para hoy la defensa también estaría realizando otro planteamiento. El mismo sería en relación al pedido de extradición hecho por la República Federativa del Brasil, donde existe una investigación abierta en contra de Alexandre Rodrigues.

Suspenden audiencia ligada a pedido de extradición de Alexandre Rodrigues

Alexandre Rodrigues busca someterse a la extradición

El pedido que tiene previsto hacer la defensa de Alexandre Rodrigues Gomes está relacionado al pedido de extradición de Brasil. En este contexto, el procesado por Pavo Real Py II, estaría buscando someterse a la extradición simplificada, confirmó ayer la abogada Noelia Núñez.

Así, con la presentación que hará en el marco de la causa Pavo Real Py II, será con el fin de suspender esta y allanar el camino en el proceso que se tramita ante la jueza penal de garantías Especializada en Crimen Organizado, Lici Sánchez.

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De acuerdo con datos trascendidos, el procesado en Paraguay en el caso Pavo Real Py II estaría solicitando un criterio de oportunidad en este proceso penal. Esto sería con el fin de someterse a la extradición al Brasil y así ser procesado en dicho territorio, aparentemente, bajo conocimiento de que los elementos en su contra con serían “tan sólidos”.

Lo que vaya a resolver en la preliminar tendrá también su efecto en el caso que está en el juzgado de Sánchez, quien fijó para el próximo 11 de diciembre la realización de la audiencia identificatoria. En la misma se busca corroborar si los datos brindados por el país requirente concuerdan con los de la persona requerida, en este caso Alexandre Rodrigues.

Sobre este punto, se debe resaltar que Alexandre Rodrigues Gomes cuenta tanto con documentación paraguaya como con papeles que acreditan su nacionalidad brasileña. En relación a esto último, es preciso referir que la República Federativa del Brasil no extradita a sus connacionales.

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Lo que dice la norma sobre el criterio de oportunidad

De acuerdo con lo que señala el Código Procesal Penal en su artículo 19, sobre “oportunidad”, el Ministerio Público con el consentimiento del tribunal competente, podrá llegar a prescindir de la persecución penal de los hechos punibles considerados delitos.

Ahora, para que la Fiscalía prescinda de la acción persecutoria, se tendrán que cumplir requisitos como: que el procedimiento tenga por objeto un delito, que por su insignificancia o por el grado de reproche reducido del autor o partícipe, no genere el interés público en la persecución; además, cuando el Código Penal o las leyes permiten al tribunal prescindir de la pena.

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Sin embargo, también se podrá prescindir de la pena cuando cuando la que se espera por el hecho punible carezca de importancia en consideración a: a) una sanción ya impuesta; b) la que se espera por los demás hechos punibles que constituyan el objeto de procedimientos pendientes; o c) la que se le impondría en un procedimiento tramitado en el extranjero.

Igualmente, se podrá prescindir cuando se haya decretado, en resolución firme, la extradición o expulsión del imputado por delito cometido en nuestro país.

El código de forma establece que la solicitud de prescindencia de la persecución penal se podrá presentar hasta el momento de la audiencia preliminar, es decir, que la etapa intermedia es el límite para peticionar esta salida.

A Ultranza: Estados Unidos tiene camino libre para extraditar a Federico Santoro

A Ultranza: extradición de Federico Santoro

En junio de 2024, el uruguayo Federico Ezequiel Santoro Vassallo fue extraditado a Estados Unidos para someterse a un proceso por lavado de activos. El mismo está procesado en Paraguay, por el mismo hecho punible en el marco del caso A Ultranza Py.

Si bien su proceso estaba en curso en Paraguay, la jueza penal de garantías Especializada en Crimen Organizado, Rosarito Montanía, dictó el criterio de oportunidad con fines de extradición para Federico Santoro. Sin embargo, esto no extinguió el ejercicio de la acción penal en Paraguay, sino que solo la suspendió.

A Ultranza: condenan a 15 años de cárcel a Federico Santoro en EE.UU.

Dicha disposición se dio justamente según lo establecido en el artículo 19 del Código Procesal Penal (CPP), que establece cuándo el Ministerio Público puede prescindir de la pena; más específicamente el numeral 3, que señala que será “cuando la pena que se espera por el hecho punible carece de importancia en consideración”, y el literal C “la que se le impondría en un procedimiento tramitado en el extranjero”.

En Paraguay, Santoro se enfrenta a un marco penal de 5 a 22 años de prisión por presunto lavado de activos provenientes del narcotráfico. En Estados Unidos, el mismo fue condenado a 15 años de pena privativa de libertad por un Tribunal de Distrito Este de Virginia, de Estados Unidos.

Fuente: https://www.abc.com.py/policiales/2025/12/03/alexandre-rodrigues-buscara-su-extradicion-al-brasil/

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