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Violación del deber de cuidado: el Ministerio Público registró casi 2.000 casos en el 2023

El informe realizado por el Ministerio Público revela que los niños de entre tres y 13 años de edad suman el 75% de las víctimas de ...

El informe realizado por el Ministerio Público revela que los niños de entre tres y 13 años de edad suman el 75% de las víctimas de violación del deber de cuidado o educación, del total analizado. Los adolescentes de entre 14 y 17 años alcanzan el 13% y los niños de cero a dos años suman el 11%.

Las víctimas femeninas alcanzan un total del 55%, mientras que los varones llegan a un 45%. En las denuncias realizadas y analizadas figuran más de una víctima por caso, al menos en el 19% del total.

Principales daños sufridosPerjuicios en su desarrollo físico: 35%Daños en su desarrollo psicológico: 30%Privación del acceso a la educación: 10%Víctimas de prostitución: 4%Expuestos a actividades delictivas: 4%Víctimas de abuso sexual: 7%Expuestos a ambientes insalubres: 10%

Las víctimas también están expuestas a las agresiones de todo tipo. En este caso, se cuantificó que el 24% sufrió agresión física, el 10% violencia verbal, otro 10% fue víctima de agresión sexual, el 39% fue privado de recibir alimentos, el 13% fue privado de recibir higiene y atención médica y el 4% fue expuesto a ambientes violentos.

Violación del deber del cuidado: casi el 90% de las víctimas son adultos mayores

La vivienda de la víctima es el lugar con mayor porcentaje de registro de este tipo de hecho punible, con 88%, seguido por el 31% registrado en viviendas ajenas y el 9% en recintos públicos.

El estudio socializado por el Observatorio de la Fiscalía también revela que el 46% de las denuncias son formuladas por los padres de los menores, el 15% por las madres, el 21% por tíos, el 12% por los abuelos y el 6% por hermanos.

Los que dice la ley

Art. 226 del Código Penal: “El que violara gravemente su deber legal de cuidado o educación de otro y con ello lo expusiera al peligro de:

Ser considerablemente perjudicado en su desarrollo físico o psíquico;Llevar una vida en la cual los hechos punibles sean habituales; oEjercer la prostitución, será castigado con pena privativa de libertad de hasta tres años o con multa”.

Fuente: https://www.abc.com.py/nacionales/2024/01/08/violacion-del-deber-de-cuidado-el-ministerio-publico-registro-casi-2000-casos-en-el-2023/

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