
Verdugos de la transparencia: cartistas y aliados se ratifican en Ley de Datos Personales
Con 43 votos de los cartistas y sus satélites, la Cámara de Diputados se ratificó hoy en su versión de la Ley de Protección de Datos Personales en la República del Paraguay, que implica la mu...
Con 43 votos de los cartistas y sus satélites, la Cámara de Diputados se ratificó hoy en su versión de la Ley de Protección de Datos Personales en la República del Paraguay, que implica la muerte total de la transparencia, dejando inútiles las leyes Ley Nº 5189/14 y la Ley Nº 5282.
En Diputados podrían ratificarse hoy como verdugos de la transparencia
Con la ratificación de Diputados, vuelve para su último trámite a la Cámara Alta que requerirá de mayoría absoluta de dos tercios (30 votos) para imponer su versión, que es considerada el “mal menor” o las más benigna.
No hubo debate, ya que solo la líder de bancada de Honor Colorado, Rocío Abed, expuso argumento que realmente no iban al punto, mientras que la única en alertar del efecto real de este proyecto de ley contra la transparencia fue la diputada Rocío Vallejo (Partido Patria Querida).
Todo el proceso duró apenas 5 minutos.
Noticia en desarrollo.
Diputados y Transparencia Alerta Diputados podría aniquilar la transparencia de datos públicos
Dos marcos legales se cruzan: la Ley Nº 5189/14 (sobre provisión de informaciones de uso de recursos públicos) y la Ley Nº 5282 (de libre acceso ciudadano a la información y transparencia gubernamental). Esto es lo que está en juego.
⚠️ Riesgo: limitar el acceso a datos clave sobre gasto público, nóminas y viajes financiados por el Estado. ¿Qué bloquearía la Ley Nº 5189/14? Nómina completa de funcionarios (permanentes, contratados, electos), con datos de ingreso, salarios, dietas y bonificaciones. Detalles de viajes nacionales e internacionales financiados con fondos públicos. Otros datos relevantes del uso de recursos públicos. ¿Qué garantiza la Ley Nº 5282? “Cualquier persona podrá acceder a la información pública, gratuita y sin justificar razones.” Responsabilidad personal para quienes oculten, alteren o pierdan información pública. SimilitudesAmbas señalan que cuando un ciudadano requiera información pública se notificará al funcionario involucrado, y este podrá oponerse a la entrega.
Diferencias Versión Senado: permite excepciones a favor del ciudadano. Solo puede negarse información si el daño al interés protegido es mayor al beneficio público. No se puede negar acceso a datos ya públicos o que la ley vigente reconozca como públicos. 
  
 
 
                     
                     
                    