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Tribunal anula fallo que benefició a procesados por contrabando de US$ 52 millones

Un Tribunal de Apelaciones resolvió anular la Sentencia Definitiva N° 16 y el Auto Interlocutorio N° 134, ...

Un Tribunal de Apelaciones resolvió anular la Sentencia Definitiva N° 16 y el Auto Interlocutorio N° 134, dictados por el juez penal de garantías especializado en Delitos Económicos, Humberto Otazú.

Dichos fallos otorgaban un procedimiento abreviado con condenas en suspenso y una suspensión condicional del procedimiento a favor de Khalil Ahmad Hijazi y otros siete procesados por un esquema de megaevasión y contrabando.

Por mayoría de votos, con las posturas de los magistrados Arnaldo Fleitas Ortiz y Camilo Torres (con disidencia parcial del juez Paublino Escobar), el tribunal detectó que el Juzgado de Garantías celebró la audiencia preliminar sin convocar ni notificar previamente a la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) en su condición de víctima y ente autárquico afectado por la defraudación tributaria.

En primera instancia, el juzgado había condenado a Khalil Ahmad Hijazi, Zulma Damiana Fernández de Hijazi, Hussein Ghaleb Hijazi, Hamze Ali Hijazi, Víctor Javier Espinoza Ríos y Juan Carlos Sorazabal Rodríguez a penas de dos años de prisión con suspensión de la ejecución, imponiéndoles además el pago de G. 400 millones en concepto de “reparación del daño social”.

Por su parte, la procesada Laila Khalil Hijazi Fernández había sido beneficiada con la suspensión condicional de la causa.

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Esquema de sustitución de facturas

De acuerdo con el archivo del caso iniciado por la Fiscalía, la firma España Informática S.A. realizaba cuantiosas importaciones de artículos electrónicos (principalmente provenientes de Estados Unidos) a través del aeropuerto Guaraní de Minga Guazú.

El esquema operativo consistía en sustituir las facturas comerciales originales por comprobantes con montos y cantidades adulteradas ostensiblemente inferiores. Los despachantes aduaneros (Espinoza Ríos y Sorazabal Rodríguez) utilizaban estos documentos falsificados para liquidar e ingresar las mercaderías al país pagando tributos por debajo de lo legalmente exigido.

Según la acusación fiscal, el valor real de los productos ingresados ascendió a US$ 132.271.212, mientras que la suma declarada mediante los comprobantes apócrifos fue de solo US$ 79.948.648, lo que generó un perjuicio directo y una diferencia total no declarada de US$ 52.516.091.

Con la anulación de la audiencia preliminar y de las resoluciones dictadas por el juez Otazú, la causa deberá retomar el trámite procesal para la realización de una nueva audiencia con la intervención formal y obligatoria de la DNIT y de la Procuraduría General de la República (PGR).

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Fuente: https://www.abc.com.py/nacionales/2026/09/24/tribunal-anula-fallo-que-beneficio-a-procesados-por-contrabando-de-us-52-millones/

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