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Tras el paso de Hernán Rivas por el JEM: ¿Qué caminos pueden seguir los afectados por las decisiones?

De acuerdo con los antecedentes, publicados por ABC con relación al caso H...

De acuerdo con los antecedentes, publicados por ABC con relación al caso Hernán Rivas, durante sus pasos –como representante de Diputados y de Senadores- ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), sus votos fueron determinantes en cuanto a la definición de resultados, remociones y en la no aprobación de sanciones o enjuiciamientos.

La condena a 8 años de prisión al exlegislador Hernán Rivas, por un Tribunal de Sentencia el pasado jueves 24 de septiembre, abre una serie de situaciones favorables para quienes resultaron directamente afectados por las decisiones asumidas por el órgano constitucional, con la participación directa de Rivas.

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Actualmente el gran debate es: ¿Qué pasará? A nivel de las resoluciones del Jurado y también las posibilidades de recurrir ante el Poder Judicial, teniendo como camino ineludible la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Si bien en el fuero interno del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), desde el inicio del juicio a Rivas, principalmente, se viene conversando de la cuestión, hasta el momento no se ha tomado una determinación y todo parece indicar que se esperará a que la sentencia contra Rivas quede firme.

Los caminos contra resoluciones del JEM que tienen presencia de Hernán Rivas

El director General Jurídico del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), Fernando Barriocanal, expresó que hasta el momento no elaboró ningún dictamen, relacionado al caso de Hernán Rivas y sus intervenciones en decisiones del órgano constitucional.

“Tenemos la idea procesal de que la decisión de estos temas no pasa por el Jurado, porque la ley es bastante escueta en lo que se refiera a las resoluciones. En el Jurado, son irrecurribles”, expresó Barriocanal en entrevista.

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En otro momento, refirió que “en resoluciones donde los agraviados, sancionados, resultan afectados, suelen recurrir en la inconstitucionalidad. En este caso, es una cuestión opinable y que no está dentro de nuestro ámbito de decisión (por el Jurado), salvo que la Corte considere que este es un hecho nuevo”.

Ello con relación al plazo transcurrido desde que se dictó la resolución administrativa del Jurado, ya que se tiene que considerar el tiempo para saber si existe o no la posibilidad de accionar.

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Barriocanal agregó posteriormente que “en el campo del Derecho hay cosas que no se pueden prever; donde el hecho va a tener un juzgamiento en cada caso”, haciendo alusión a que el legislador no puede tener en cuenta cada posibilidad de caso que pueda darse y la salida que podría darse, para estamparla en la norma positiva.

Nulidad ante la Corte y posible indemnización de parte de Hernán Rivas

En otro momento el Doctor Fernado Barriocanal señaló que “la Corte es un lugar donde se puede pedir una eventual nulidad” de los casos, teniendo en cuenta las condiciones en las que Hernán Rivas participó de las decisiones en el Jurado y bajo las condiciones en las que lo hizo, según se probó en el juicio en el que fue condenado.

El director general Jurídico del JEM planteó que “si este hecho (por la sentencia a Rivas) hace correr un nuevo plazo, el otro camino es, ya que hay que considerar que esta resolución es administrativa, podría ser lo Contencioso Administrativo y en último caso, en las nulidades genéricas del Código civil, atacar por los vicios que podrían tener las resoluciones”.

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“No hay un solo camino, hay varios”, refirió.

Ahora bien, “lo que sí es seguro, es que dentro del Jurado no hay solución; no hay forma de revisar. Si la Corte considera nula alguna decisión, ese proceso volvería a cero”, según graficó Barriocanal. Es decir, el proceso en el JEM a un miembro de la judicatura se reiniciaría, pero “el que ya no está en el ámbito, no sería juzgado”, añadió.

Otra posibilidad que planteó Barriocanal es la del nacimiento de una indemnización, como consecuencia de la decisión asumida con el voto de Hernán Rivas. “Nace una indemnización por alguien, pero quién, ¿Rivas por un lado o el Estado por el otro?

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Posteriormente hizo alusión a la cuestión del plazo. “La base de la reclamación del afectado sería la nulidad del proceso, lo que sería un nuevo plazo”, sin embargo, la casuística ya sería individual”, consideró Barriocanal.

Tribunal condenó a Hernán Rivas por su título falso de abogado

El 24 de septiembre, Hernán Rivas, exdiputado, exsenador y exmiembro y expresidente del JEM, fue condenado a 8 años de pena privativa de libertad por el Tribunal de Sentencia, integrado por Juan Carlos Zárate Pastor, María Fernanda García de Zúñiga (presidenta) y Yolanda Portillo, por el caso de su título falso de abogado.

El Colegiado consideró que el reproche del juzgado es elevado y trascendió la esfera particular, y provocó un daño incalculable a la ciudadanía.

La presidenta del Tribunal Fernanda García de Zúñiga anunció que a la sentencia íntegra se dará lectura el próximo 2 de octubre, a las 12:45.

El veredicto lo dio a conocer el colegiado luego de poco más de 3 horas y media de deliberación, a la cual se sometieron tras escuchar este jueves los alegatos finales de la defensa de Rivas, ejercida por la abogada Alba Zaracho, quien pidió la absolución de su defendido.

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El colegiado declaró probada la acusación presentada por la Fiscalía, representada por Patricia Sánchez, Luz Guerrero y Christian Benítez, que el lunes último solicitó una condena de 12 años para el exlegislador.

El Ministerio Públicoindicó tres porciones fácticas relacionadas a los hechos punibles de producción mediata de documentos públicos de contenido falso y uso de documentos públicos de contenido falso, entre la Resolución N° 1438 de la Cámara de Diputados, en 2020, cuando fue designado como representante ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM); el Acta N° 4773emitida por la Corte Suprema de Justicia que le otorgó la matrícula, en 2021, y la Resolución N° 21de la Cámara de Senadores, de 2023, cuando fue designado otra vez para representar ante el JEM.

Por su parte, la abogada Alba Zaracho atacó varios flancos que -según ella- no supo explicar la Fiscalía, uno de ellos consistente en que no se determinó en que consistió la participación directa de Hernán Rivas en los hechos acusados.

Fuente: https://www.abc.com.py/nacionales/2026/09/29/tras-el-paso-de-hernan-rivas-por-el-jem-que-caminos-pueden-seguir-los-afectados-por-las-decisiones/

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