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Subsidio electoral y aportes no deben ser destinados a publicidad, según ley

Ayer, la Asociación Nacional Republicana (ANR) presentó una nota ante el Tribunal Superior de Justicia El...

Ayer, la Asociación Nacional Republicana (ANR) presentó una nota ante el Tribunal Superior de Justicia Electoral en que se notifica la firma de un contrato de fideicomiso de garantía y fuente de pago entre el Partido Colorado y el Banco Continental.

En un intento por obtener fondos para la campaña previa a las próximas elecciones generales, el Partido Colorado solicitó al TSJE que comunique sobre la factibilidad de ceder y transferir al Banco Continental de manera directa sus derechos sobre el cobro del subsidio electoral y el 50% del aporte estatal que surja de las próximas elecciones.

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En ese contexto, cabe mencionar que, según la Ley 834/96, que establece el Código Electoral Paraguayo, estos fondos deben ser destinados solo a:

Formación de ciudadanos en general en el conocimiento de los programas, propuestas, principios y valores de los partidosCapacitación de simpatizantes y afiliados en la adquisición de habilidades y destrezas para el desempeño de funciones vinculadas a los fines y objetivos de los partidos políticosInvestigación de la realidad nacional, no siendo consideradas como tal las encuestas de intención de votoFuncionamiento ordinario del partido para solventar sus necesidades operativas y administrativas, no siendo considerados como tal los gastos para solventar actividades y publicidad electoral

Es decir, los fondos que ahora la ANR intenta ceder de manera directa al Banco Continental a fin de obtener un préstamo para financiar la campaña electoral no pueden ser utilizados para realizar propagandas electorales.

Cabe mencionar que el presidente del TSJE, Jorge Bogarín González, indicó esta mañana que el pedido de la ANR va a ser analizado por los asesores jurídicos de la institución, quienes deberán determinar la factibilidad y legalidad de la solicitud del Partido Colorado.

Posteriormente, la decisión final en torno al pedido de auxilio de la ANR recaerá sobre los tres ministros del TSJE: César Rossel, Jaime Bestard y Jorge Bogarín.

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Fuente: https://www.abc.com.py/nacionales/2023/04/13/subsidio-electoral-y-aportes-no-deben-ser-destinados-a-publicidad-segun-ley/

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