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¿Se puede eliminar el salario mínimo?: Esta fue la respuesta del Ministerio de Trabajo

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) dirigido por la ministra ...

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) dirigido por la ministra Mónica Recalde, en un comunicado emitido esta tarde señaló que el Salario Mínimo Legal (SML) está garantizado por la Constitución Nacional, por lo que no puede ser modificado ni eliminado y que no existe ningún proyecto del Ejecutivo como tal. Tras el último ajuste realizado en julio pasado, el SML en Paraguay quedó establecido en G. 2.798.309 y el jornal mínimo en G. 107.627

El MTESS reafirmó que el salario mínimo en Paraguay está plenamente garantizado por el artículo 92 de la Constitución Nacional, el cual protege el derecho de los trabajadores a recibir una remuneración justa y digna.

En ese sentido, señalaron a través del comunicado que “que de ninguna manera existen intenciones por parte del Gobierno de eliminar este derecho fundamental de los trabajadores”.

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Añaden también que la finalidad del Salario Mínimo es proteger a los trabajadores contra el pago de remuneraciones indebidamente bajas. Ya que este el es mecanismo que asegura que todos puedas beneficiarse de una justa distribución de los frutos del progreso garantizado un salario mínimo vital para quienes estén empleados y necesiten esta clase de protección.

La cartera estatal hizo estas aclaraciones con relación a lo mencionado esta mañana en una entrevista a la 1020 AM por el ministro de Industria y Comercio, Javier Giménez, quien planteó la posibilidad de eliminar el salario mínimo en Paraguay. Argumentó su propuesta usando como ejemplos a países de primer mundo como Suiza, Finlandia y Alemania y explicó por qué cree que será beneficiosa esta medida, que -según él- convertirá al Paraguay en “un país espectacular”.

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Sobre salarios diferenciados en Mipymes

Por otra parte, el MTESS no se ha expedido formalmente sobre la reciente Ley 7444/24 de Mipymes que aprobó varias reformas y entre ellas da vigencia a un salario diferenciado inferior al SM.

La nueva ley prevé que las microempresas puedan generar un contrato diferenciado de trabajo mediante el pago de un salario mínimo diferenciado no inferior al 80% del legal vigente.

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El MTESS refiere además que los SM son herramientas claves en las políticas públicas destinadas a superar la pobreza y reducir la desigualdad, incluyendo las disparidades d eingresos entre hombres y mujeres

Fuente: https://www.abc.com.py/economia/2025/01/14/se-puede-eliminar-el-salario-minimo-esta-fue-la-respuesta-del-ministerio-de-trabajo/

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