
Una ola de renuncias masivas de profesionales médicos, que incluye a especialistas de centros de alta referencia como el Hospital San Pablo, Coronel Oviedo, Ciudad del Este, el Hospital Nacional de Itauguá y varios otros, ha puesto en evidencia profundas fallas en la gestión administrativa del Ministerio de Salud Pública (MSPBS), a cargo de María Teresa Barán.
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Las renuncias que se fueron dando en los últimos días llegan a unas 190 presentadas, confirmadas, según los médicos y, a esta cifra suman al menos otras 200 renuncias que están en trámite. Sin embargo, la cartera sanitaria asegura que hasta el mediodía de hoy, el listado de renuncias apenas llega a 62 firmas presentadas formalmente en Mesa de Entrada y que más de la mitad no se ajustan al proceso. Esta situación destapa un laberinto burocrático y legal donde choca la letra fría de la nueva normativa de la función pública con la realidad operativa de los hospitales regionales y especializados.
Mientras el nivel central del Ministerio de Salud Pública insiste en desestimar expedientes bajo el argumento de que no ingresaron por la mesa de entrada oficial de la capital, de que tienen firmas fotoescaneadas o la rubrica de un solo representante, el personal de bata blanca denuncia un intento sistemático de ocultar la crisis.
El laberinto legal: ¿Qué establece la Ley del Servicio Civil sobre la renuncia?El marco normativo que rige actualmente las desvinculaciones está marcado por la Ley Nº 7445/2025 de la Función Pública y del Servicio Civil en Paraguay, cuyo Artículo 56 regula de manera estricta los pasos de una dimisión. La ley estipula que la renuncia a la condición de funcionario público debe manifestarse por escrito y requiere de la aceptación expresa de la institución. Sin embargo, en el caso de los médicos, no queda claro dónde debe ser presentado el documento de dimisión.
Infografía: Ley de la Función Pública (Artículo 56 - Renuncias) Paraguay • Marco Legal Ley de la Función Pública
Análisis detallado del Artículo 56: Régimen de Renuncias
Marco Normativo Artículo 56 De las Renuncias § 1 Condiciones Generales de la RenunciaLa dimisión a la condición de funcionario público no es un acto automático ni meramente verbal. Debe cumplir con estrictas formalidades legales para surtir efecto formal dentro de la administración estatal paraguaya.
Manifestación EscritaDebe ser manifestada explícitamente por escrito y presentada ante la institución pública correspondiente.
Plazo de Aceptación (10 días)Debe ser aceptada expresamente. Si la autoridad competente no se pronuncia dentro de los 10 días hábiles, se considerará aceptada automáticamente.
2 Renuncia con Sumario Administrativo en Trámite¿Qué sucede si un funcionario presenta su renuncia mientras enfrenta una investigación por faltas graves? La ley es categórica para proteger la responsabilidad pública.
ALERTA No interrumpe ni obstaculiza el procedimientoLa renuncia presentada durante un sumario administrativo por presuntas faltas graves no detiene ni evita su inicio o continuación hasta su normal término.
OBJETIVO Determinación de ResponsabilidadEl sumario continuará su curso con el fin exclusivo de determinar la responsabilidad administrativa sobre los hechos que motivaron su apertura.
3 Excepciones VálidasTampoco interrumpirá el sumario ningún otro tipo de desvinculación, salvo en los siguientes casos de fuerza mayor contemplados por ley:
Fallecimiento del funcionario Discapacidad física, mental, intelectual o sensorial Enfermedad permanente que imposibilite sus funciones 4 Destitución e InhabilitaciónSi al concluir el sumario se determina la destitución e inhabilitación para ocupar cargos públicos:
• Se emitirá un acto administrativo para recalificar el motivo de la desvinculación.
• La inhabilitación regirá por el tiempo determinado en la sanción.
• El acto debe notificarse obligatoriamente al afectado.
Infografía Oficial • Ley de la Función Pública del Paraguay
Asimismo, la normativa establece plazos claros: la renuncia se considerará aceptada tácitamente si la autoridad competente no se pronuncia dentro de los diez días hábiles a partir de su presentación formal. Sin embargo, la legislación introduce candados severos para evitar la evasión de responsabilidades: si el funcionario se encuentra bajo un sumario administrativo por presuntas faltas graves, la dimisión no interrumpe el procedimiento, el cual continuará hasta su término para determinar la responsabilidad administrativa. La ley no habla de funcionarios contratados.
Por otro lado, al analizar el marco complementario del Decreto Reglamentario Nº 4770/2025, surge otra figura debatida: la de los cargos de confianza. El Artículo 6, inciso c) de la ley aclara que la permanencia de estos funcionarios no está sujeta a la estabilidad laboral, sino a la decisión discrecional de la autoridad. Esto significa que legalmente, el titular de la cartera puede remover al funcionario en cualquier momento, desmitificando la tradicional y equívoca frase de “poner el cargo a disposición”, la cual, en la práctica jurídica de la ley actual, no constituye una renuncia formal, sino una cortesía administrativa aplicable solo a jefaturas o coordinaciones.
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Una contradicción se produce al contrastar la postura de la Dirección de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud con la realidad que describen las direcciones regionales y los propios protagonistas. Desde la cartera sanitaria se sostiene que en el caso de los médicos contratados, por ejemplo, se rigen por plazos específicos de 30 días estipulados en sus contratos, y que cualquier dimisión que no ingrese por la mesa de entrada principal de Asunción carece de validez institucional inmediata.
Sin embargo, esta exigencia choca de frente con la realidad de los hospitales. Directores como el doctor Miguel Ferreira, del Hospital Nacional, reportan que en sus centros ya se acumulan decenas de renuncias —hasta 80 casos documentados— que las autoridades centrales aparentemente se niegan a reconocer.
Análisis lapidario: exviceministro cuestiona postura del Ministerio de SaludAnte este panorama de incertidumbre jurídica y comunicacional, las reacciones de referentes con experiencia en la gestión pública no se han hecho esperar. El doctor Julio Rolón Vicioso exviceministro de Salud durante la administración de Julio Mazzoleni, y exdirector del Instituto Nacional del Cáncer (Incan) durante la gestión de Julio Borba, ofreció a ABC Color un análisis sumamente crítico sobre el manejo que el Ministerio de Salud le está dando a la crisis de las renuncias médicas.
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Para Rolón, el procedimiento legal es de una sencillez incuestionable, recordando que la responsabilidad administrativa recae sobre la institución que recibe el documento, sin importar si este fue presentado en un hospital del interior del país. “La renuncia se puede presentar en los hospitales donde uno presta su servicio a nombre del director. La responsabilidad de que llegue a la máxima instancia (Ministerio de Salud) es de los que reciben en los hospitales, y en los hospitales la boca de entrada es por Recursos Humanos y la Dirección General”, dijo.
El exfuncionario fue categórico al señalar que la negativa de Salud Pública de reconocer los documentos presentados fuera de su sede central, responde a una “estrategia calculada para distorsionar la gravedad de la situación” ante la opinión pública y desgastar al gremio médico.
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“Acá lo que se está queriendo es tratar de generar una especie de ambiente de amedrentamiento con la intención de mostrar ante la sociedad de que se está procediendo mal y, que mientras no se proceda bien (los médicos) van a tener que seguir trabajando. Y eso va a generar obviamente un problema, porque si no cumplen con los requisitos, pueden ser sancionados”, expresó Rolón.
María Teresa Barán destruye relacionamiento con el recurso humano, dice RolónAsimismo, el exviceministro apuntó directamente contra la actitud asumida por la titular de la cartera sanitaria, María Teresa Barán, quien está al frente del Ministerio de Salud desde agosto del 2023, cuando Santiago Peña asumió como presidente de la República. Advirtió que adoptar una postura de confrontación en lugar de apertura al diálogo agrava irreversiblemente el relacionamiento con el capital humano.
“Ella está asumiendo un rol de contrincante siendo que ella debe ser aliada de los médicos, una aliada de la salud pública. Ella está en una posición de enemigo, de contrincante, de rival. Todo esto está destruyendo el relacionamiento con el recurso humano en salud, y va a generar una reacción mucho más grande”, apuntó.
La crisis desatada por las renuncias médicas y su enmarañada tramitación bajo la Ley Nº 7445/2025 demuestra que el problema principal en el Ministerio de Salud no es únicamente normativo, sino profundamente político y comunicacional.
