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Recibiste transferencia pero no eras cliente de ueno: ¿Porqué se acreditó y que se debe hacer en ese caso?

El Banco Central del Paraguay (BCP), a través de la dirección del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) aclaró algunas consultas que tienen los clientes financieros en el marco del depósito de...

El Banco Central del Paraguay (BCP), a través de la dirección del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) aclaró algunas consultas que tienen los clientes financieros en el marco del depósito del anticipo a afectados por la resolución del Ueno Bank. Entre las principales inquietudes reportadas por los clientes a través de redes sociales tienen que ver con la acreditación de recursos del anticipo del Fondo de Garantía sin haber sido cliente de Ueno Bank.

Atención clientes de Ueno: ¿Cómo se va a retirar el anticipo del Fondo de Garantía?

El director de la Unidad Administradora del FGD, José Maciel aclaró lo siguiente: Si una persona recibió una acreditación sin haber tenido una cuenta en ueno bank S.A., entre otras causas puede deberse a:

- Que anteriormente fue cliente de alguna de las entidades absorbidas por ueno bank, como Financiera El Comercio o Visión Banco

-Por alguna billetera electrónica que había habilitado en el pasado y que figuraban en el sistema de la entidad en resolución.

De acuerdo con lo detallado por Maciel, en el primer tramo del anticipo del FG ya fueron acreditados 722.307 personas que tenían depósitos hasta G. 10 millones, lo que significó un desembolso de G. 197.191.370.870. El universo total de clientes ronda los 2,8 millones que serán acreditados entre hoy y hasta el miércoles 11 de noviembre.

El monto total del anticipo es de 40 salarios mínimos que llega a G. 121.760.000 que fue autorizado mediante Ley 7755/26, a fin de agilizar y disponibilizar los recursos a los afectados. No obstante, el monto global que garantiza el FGD es de hasta G. 228.300.000 por depositante y que será acreditado y descontado el anticipo, tras finalizar el proceso de conciliación.

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Ante depósitos erróneos: Esto dice la ley

En el caso que el usuario que recibió el anticipo del FG y que no haya sido cliente de entidades absorbidas ni de billeteras, y que estima podría tratarse de un error, la Ley de Garantía 7755/26 establece lo siguiente:

“ Que si una persona vinculada a la entidad o excluida de la garantía recibiera el anticipo, deberá restituirlo al Fondo dentro de las 24 horas siguientes a la comunicación de su exclusión por la Superintendencia de Bancos. La Ley también expresa que la obligación de restituir será exigible sin más trámites y sin perjuicio de la responsabilidad penal que corresponda.

Para el efecto, el BCP habilitó este correo para las consultas específicas sobre errores o dudas en la acreditación: pagosacreditadosfgd@bcp.gov.py

Fuente: https://www.abc.com.py/economia/2026/11/06/recibiste-transferencia-pero-no-eras-cliente-de-ueno-porque-se-acredito-y-que-se-debe-hacer-en-ese-caso/

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