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Promulgan ley MAFE de alerta y desaparecidos

El presidente de la República, Santiago Peña, promulgó hoy la Ley MAFE que crea el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y establece la Alerta MAFE como mecanismo de búsqueda y localizaci...

El presidente de la República, Santiago Peña, promulgó hoy la Ley MAFE que crea el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y establece la Alerta MAFE como mecanismo de búsqueda y localización, marcando un hito en la protección de la vida, la integridad y derechos de niños, niñas y adolescentes.

El 25 de noviembre pasado, La Cámara de Diputados aprobó y sancionó la ley del Registro nacional de personas desaparecidas y el sistema de alerta, más conocido como ley MAFE, en honor a la joven María Fernanda Benítez, víctima de feminicidio en Coronel Oviedo, en mayo pasado.

En el debate legislativo, la Cámara de Diputados estudió las modificaciones del Senado que fueron explicadas por la diputada Cristina Villalba “La Madrina” (ANR, HC), presidenta de la Comisión de Presupuesto, sobre los agregados a la ley, la coordinación con la Policía Nacional y la ampliación de facultades al Ministerio Público y al sistema 911.

El actuar tardío de autoridades de seguridad del Gobierno fue muy cuestionado en este caso. Además, en 2024, los legisladores del oficialismo rechazaron el proyecto que creaba el sistema de alerta de desaparecidos porque no había recursos, supuestamente.

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Objetivos de la ley

La ley busca oficializar y centralizar la información en un registro público y gratuito, pero de acceso restringido, que contendrá datos personales y un historial de todo el trabajo realizado por las fuerzas policiales y de investigación.

El Registro Nacional permitirá centralizar y sistematizar datos bajo principios de confidencialidad, protección de datos personales y acceso a la información pública.

Asimismo, el sistema de alerta MAFE (por María Fernanda), inspirado en modelos exitosos como la alerta Amber, activará mecanismos de difusión inmediata en todo el país, utilizando medios de comunicación, plataformas digitales y servicios de telefonía, con la cooperación de instituciones públicas y privadas.

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Entre las modificaciones, se destacan que, desde el momento en que exista una denuncia, la Policía y el Ministerio Público deberán actuar de inmediato y activar el protocolo de búsqueda.

Asimismo, en el artículo 9 se estableció la capacitación obligatoria a todo el personal policial.

Fuente: https://www.abc.com.py/politica/2025/12/16/promulgan-ley-mafe-de-alerta-y-desaparecidos/

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