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Príncipe de Savoia: condenan a 3 años y medio al hijo de OGD por enriquecimiento

Luego de algunas horas de deliberación, el Tribunal de Sentencia, presidido por Lourdes Garcete e integrado por Juan Vicente Fretes y Celia Salinas, expuso su sentencia condenando a ...

Luego de algunas horas de deliberación, el Tribunal de Sentencia, presidido por Lourdes Garcete e integrado por Juan Vicente Fretes y Celia Salinas, expuso su sentencia condenando a Óscar Rubén González Chaves a 3 años y 6 meses de pena privativa de libertad por el hecho punible de enriquecimiento ilícito, en el marco del caso conocido como Príncipe de Saovia.

En la jornada de este jueves, la Fiscalía representada por los agentes Francisco Cabrera y Luz Guerrero presentó sus alegatos finales. En ese contexto, había solicitado la aplicación de una condena de 4 años de encierro, sin embargo, el colegiado resolvió dictar una pena 6 meses menor a la peticionada.

Piden 4 años de cárcel para hijo de OGD por enriquecimiento

Por otra parte, la defensa del acusado González Chaves, ejercida por el abogado Claudio Lovera, había peticionado la aplicación de una condena de 1 años con suspensión a prueba, tras la presentación de sus alegatos finales, también en la jornada de este jueves, cerca del mediodía.

El Colegiado también dispuso, en cumplimiento al Acuerdo y Sentencia (AyS) N° 187 de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el arresto domiciliario para Óscar González Chaves, que deberá cumplir en el “Rancho Equino”, del barrio Macaí, de Luque.

Acusado tenía la exigencia de tener un comportamiento íntegro, dijo jueza

Al momento de dar a conocer la sentencia, la presidenta Lourdes Garcete, señaló sobre la importancia de los deberes infringidos por el acusado. “Aquí sí estamos de acuerdo con el Ministerio Público que es una circunstancia que tenemos que tomar en contra del acusado”.

En este caso, el enriquecimiento ilícito es un hecho punible que requiere una condición objetiva de autor, no puede ser cualquier persona autora de enriquecimiento ilícito, sino que necesariamente tiene que ser un funcionario público", explicó Garcete.

Añadió Garcete que sobre esto, tomaron en cuenta que “el acusado no era cualquier funcionario público, sino una persona que ostentaba un cargo que provenía de la voluntad popular pues su electorado le otorgó una representación para intervenir en asuntos de la ciudad”, como concejal de Luque.

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Por esa razón, “teniendo en consideración la naturaleza de la función, el tipo de cargo, entendemos que hay una exigencia mayor de seguir un comportamiento, que denote integridad”.

Por otra, parte, la jueza Garcete se refirió a la relevancia del daño ocasionado, “entendemos que en el delito de enriquecimiento ilícito, un incremento patrimonial injustificado, como se ha verificado en este caso, por parte de un funcionario público, proyecta un mensaje negativo para la ciudadanía”.

“Este es un comportamiento que debilita la moral institucional al tentar a otros a abusar de sus cargos y además, esta ostentación de bienes genera una percepción negativa también de parte de la ciudadanía”, agregó en otro momento.

Así le fue a Óscar González Chaves en los juicios anteriores

En el primer juicio, que finalizó el 12 de agosto de 2021, González Chaves fue sentenciado a 8 años de cárcel por tres hechos punibles: lavado de dinero, enriquecimiento ilícito y declaración falsa, pero la sala penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia solo por enriquecimiento ilícito y dispuso el reenvío de la causa para un nuevo juicio.

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El segundo juzgamiento finalizó el 2 de agosto de 2024 y el Tribunal de Sentencia resolvió excluir la declaración falsa, delito que sí se dio por probado en el primer juicio que finalizó con la condena de González Chaves y su padre, el entonces senador Óscar González Daher, quien falleció a causa de un paro cardíaco en fecha 21 de octubre de 2021. En esta oportunidad, el exconcejal luqueño fue sentenciado a 5 años y seis meses.

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En julio pasado, la Corte Suprema de Justicia hizo lugar a un recurso extaordinario de casación planteado por la defensa de González Chaves en contra de su condena y ordenó la realización del tercer juicio, ahora en curso.

Integraron la sala penal para el estudio del caso los camaristas Gustavo Auadre Canela y Juan Carlos Paredes Bordón y Lourdes Sanabria Mallorquín, quien votó en disidencia, es decir, por la confirmación de la condena de 5 años y seis meses de cárcel.

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Puntualmente, en mayoría, el máximo tribunal hizo lugar a los agravios expuestos por los abogados Claudio Lovera, Mario Elizeche y Rubén Cuevas, defensores de Óscar Rubén González Chaves, y declaró operada la prescripción de la acción penal respecto al hecho punible de lavado de dinero (Art. 196 inciso 1° del Código Penal).

En consecuencia, la Sala Penal dispuso el reenvío de la presente causa a un nuevo Tribunal de Sentencia que deberá realizar, en un tercer juicio oral, la labor de determinación de la pena o sanción que deberá cumplir el ex concejal de Luque por el Partido Colorado, que fue hallado culpable del hecho punible de enriquecimiento ilícito.

Fuente: https://www.abc.com.py/nacionales/2026/10/01/principe-de-savoia-condenan-a-3-anos-y-medio-al-hijo-de-ogd-por-enriquecimiento/

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