
Peña prometió transparencia pero si promulga ley beneficiará a corruptos
Con la sanción por parte del Congreso de la Ley de “protección de datos personales en el Paraguay”, el presidente Peña tiene la potestad de promulgar o vetar (total o parcialmente) y demostr...
Con la sanción por parte del Congreso de la Ley de “protección de datos personales en el Paraguay”, el presidente Peña tiene la potestad de promulgar o vetar (total o parcialmente) y demostrar -una hoy cuestionada coherencia- frente a su discurso para afuera, como fue durante el Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales realizado hace un año.
Senado ratifica la versión “Frankenstein” de la ley de datos personales y piden a Peña que la vete
“Hoy como presidente estoy todavía más convencido en que fomentar la transparencia y garantizar el acceso a la información pública son los únicos caminos para consolidar la democracia vibrante en la que vivimos. Este compromiso no es solamente institucional, es personal”, había dicho públicamente ante el foro realizado el 26 de noviembre del año pasado.
Santi Peña habla de “compromiso personal” con la transparencia en foro internacional
Incluso, su promesa fue hasta culminar su mandato, ya que dijo: “Mi compromiso es seguir luchando hasta el último día que me toque ser presidente de esta gran nación, para hacer realidad el ideal de transparencia”.
Peña decía que transparencia no tenía vuelta atrás y ahora debe demostrar coherencia
Ahora tiene la prueba de fuego en sus manos con la ley de protección de datos personales, incluso teniendo una salida sumamente fácil como es utilizar su potestad del veto parcial.
La ley que consta de 60 artículos es objetada solo en uno, el 24 -ver infografía- que es el que si no es testado, terminará de matar las leyes de transparencia, ya que, por ejemplo, establece como requisito ridículo el requerir permiso a un funcionario público para acceder a datos garantizados actualmente por la ley de libre acceso a información pública.
De convertirse en ley, mediante dicho artículo cualquier funcionario podrá oponerse a que se informe entre otros hechos acerca de su asistencia (a fin de constatar si es o no planillero), sobre su formación académica (para constatar que no tenga título falso), sobre sus viajes pagados por el Estado, entre otros.
Será un órgano estatal el que dirima si se dan o no los datos.
Tendrá 20 días hábiles para tomar una posturaHasta el momento no se ha comunicado la remisión oficial por parte del Congreso al Ejecutivo de la ley sancionada “de protección de datos personales en Paraguay”, trámite relevante ya que a partir de ahí empieza a correr el plazo para su promulgación.
El artículo 205 de la Constitución Nacional, “De la promulgación automática”, establece que “se considerará aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto de ley que no fuese objetado ni devuelto a la Cámara de origen”, en esta caso, dentro del plazo de 20 días.
Esto, puesto que el citado artículo señala que todo proyecto que cuente con más de 20 artículos –en este caso cuenta con 60– tendrá 20 días hábiles para su análisis por parte del Presidente, de lo contrario “quedará automáticamente promulgado y se dispondrá su publicación”.
En el caso de que el presidente Santiago Peña haga uso de su atribución del veto (total o parcial), el proyecto retornará al Congreso para su último análisis.
