
Olmedo solicitará permiso en ANR para asumir en CM y Varela pedirá dictamen al JEM
“Estoy solicitando permiso ‘sine die’ como miembro a la Junta de Gobierno y el lunes estoy presentando esa nota, por la incompatibilidad que establece el artículo 3 de la Ley orgánica del C...
“Estoy solicitando permiso ‘sine die’ como miembro a la Junta de Gobierno y el lunes estoy presentando esa nota, por la incompatibilidad que establece el artículo 3 de la Ley orgánica del Consejo de la Magistratura”, indicó el diputado Édgar Olmedo (ANR, FR), elegido el pasado miércoles por la Cámara de Diputados como representante ante el CM.
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El mencionado artículo inciso 3º de la Ley N° 296/94 establece que “la condición de miembro titular del Consejo es incompatible con el desempeño: De cargos políticos partidarios”, como en este caso es su condición de miembro electo de la Junta de Gobierno.
Olmedo recordó que ya había renunciado el año pasado por el mismo motivo, cuando se desempeñaba como miembro del CM, pero en representación del Poder Ejecutivo.
“Lo había hecho ya en su momento cuando fui electo miembro de la Junta de Gobierno, ese fue el motivo de renuncia al Consejo, pero como en este momento ya fui designado posteriormente a mi elección como miembro de la Junta, lo que corresponde es solicitar un permiso y asuma mi suplente”, afirmó el diputado de Fuerza Republicana.
El mismo consideró que la incompatibilidad no anula su designación, siempre que presente este pedido de permiso antes de asumir el cargo en el CM. Refirió que, a su criterio, es suficiente el acuse de recibo de su pedido de permiso en mesa de entrada de la Junta de Gobierno.
Varela pedirá dictamen pero no descarta pedir permisoEl senador Mario Varela (ANR, “independiente”), designado ayer miembro titular del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) en representación del Senado, consideró que la Ley Nº 6.814/2021 que reglamenta el JEM exceptúa a los designados por el Congreso de las inhabilidades que afectan a otros miembros. Varela también es miembro de la Junta de Gobierno de la ANR.
El legislador se remitió al artículo 6 de la Ley Nº 6.814/2021 que establece que “los miembros del Jurado, sin perjuicio de las incompatibilidades que les son propias como integrantes del órgano que los designan, tendrán las mismas incompatibilidades previstas para los Magistrados Judiciales. Quedan exceptuadas las funciones legislativas y las actividades políticas para los miembros designados por las Cámaras del Congreso”.
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Varela dijo que la ley tiene en cuenta que en “la naturaleza del cargo nuestro que es elección popular y por lo tanto es de origen político eleccionario” y que como representantes del Congreso “somos representantes políticos” y que “el espíritu de la ley es buscar la pluralidad del reciproco control”.
Sin embargo, afirmó que en la primera sesión del JEM solicitará un dictamen y acatará si le piden apartarse del cargo partidario.
“Yo voy a pedir un dictamen al asesor jurídico del Jurado y lo que diga el dictamen voy a hacer. No creo que renuncie, pero en todo caso pediré permiso”, dijo.