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MEF evalúa si corresponde pagar la deuda reclamada por empresas constructoras

El gerente de Economía, Felipe González, y el director d...

El gerente de Economía, Felipe González, y el director de Política Macro Fiscal, Rolando Sapriza, ambos del Viceministerio de Economía y Planificación del MEF, presentaron esta mañana en conferencia virtual el informe de “Situación Financiera” de la administración central correspondiente al mes de enero.

Los datos dan cuenta que el ingreso total creció 8,5%, los gastos aumentaron 41,8%, la inversión pública ascendió a US$ 48,1 millones, por encima de lo observado en el mismo mes en años recientes; el déficit cerró en 0,1% y el anualizado se situó en 2,9% del PIB.

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Tras la presentación del primer informe del año, en la etapa de preguntas, las autoridades del MEF fueron consultadas acerca de si se pagará la deuda que reclaman las empresas constructoras de obras públicas.

Los gremios de la construcción, a fines de 2023 y luego nuevamente a inicios de 2024, habían exhortado al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y al MEF a no desentenderse de la deuda de US$ 100 millones, en concepto de intereses generados por retrasos en los pagos por las obras ejecutadas.

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González dijo que, como ya lo mencionaron las autoridades a través de los medios, están en conversación con los representantes de las empresas constructoras y desde el MEF, con apoyo de otras instituciones, se está realizando una revisión exhaustiva de los documentos.

Explicó que esta revisión es con la finalidad de asegurar que las deudas que se lleguen a reconocer corresponde pagar y la evaluación del costo financiero asociado a esa deuda.

Adelanto de corto plazo

El gerente de Economía también fue consultado acerca del monto que finalmente fue solicitado al Banco Central del Paraguay (BCP), como adelanto de corto plazo.

González señaló que los recursos requeridos están en torno a los G. 2 billones (US$ 264 millones).

La Presidencia de la República, mediante Decreto N° 3309, autorizó al MEF a gestionar el referido adelanto para el presente ejercicio fiscal y la suscripción de los documentos que sean necesarios para el efecto.

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La autorización se otorga en el marco de las disposiciones contenidas en el artículo 58 de la Ley N° 489/1995, “Orgánica del Banco Central del Paraguay”, modificada por Ley N° 6104/2018.

Esta ley del BCP establece que el adelanto no podrá exceder del 10% de los ingresos tributarios presupuestados, lo que representa poco más de G. 3,9 billones (US$ 528,1 millones al cambio presupuestado) para el presente ejercicio fiscal 2025.

Fuente: https://www.abc.com.py/economia/2025/02/12/mef-evalua-si-corresponde-pagar-la-deuda-reclamada-por-empresas-constructoras/

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