
Lo que hay que saber sobre el IVA: ¿Cómo se liquida y qué deducir?
Toda empresa, microemprendedor o profesional independiente posiblemente se encuentre en el grupo de contribuyentes de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), por lo que debe declara...
Toda empresa, microemprendedor o profesional independiente posiblemente se encuentre en el grupo de contribuyentes de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), por lo que debe declarar y pagar sus impuestos por la compra o venta de bienes o servicios.
En lo que respecta al Impuesto al Valor Agregado (IVA) es un tributo al consumo que recae sobre la venta de bienes, la prestación de servicios y la importación de bienes, entre otras operaciones alcanzadas la Ley 125/91 y 6380/19 y las tasas son del 5% y 10% dependiendo del rubro o actividad. En este caso, el contribuyente actúa como “recaudador”, es decir, que cobra el IVA por sus ventas (débito fiscal) y a la vez, puede descontar el IVA pagado en compras vinculadas a su actividad (crédito fiscal). La diferencia (entre el crédito y débito) determina si debe pagar al fisco, o si queda con saldo a favor del contribuyente.
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¿Qué documentos sustentan el IVA?Para liquidar correctamente el IVA, el contribuyente necesita que sus operaciones estén respaldadas con documentación válida, que deben contener por lo general:
Para el débito fiscal: Se requiere de facturas o comprobantes emitidos por ventas/servicios gravados.Para el crédito fiscal: facturas de compras y gastos vinculados a la actividad, emitidas correctamente (con RUC, timbrado/validez, datos completos y demás requisitos formales).Un error frecuente es pretender usar como crédito fiscal comprobantes que no cumplen condiciones, están mal emitidos, no están relacionados con la actividad o corresponden a operaciones no admitidas como crédito.
Compras del supermercado: ¿Qué gastos para IVA crédito?El contribuyente prestador de servicios personales y profesionales que no estén en relación de dependencia, pueden deducir para el IVA crédito correspondiente a la adquisición de los siguientes bienes y servicios:
Salud personal (seguros médicos, farmacias)Alimentos incluidos las bebidas no alcohólicas. En este concepto el contribuyente podrá deducir hasta el treinta por ciento (30 %) del IVA Crédito incluido en los comprobantes de compras referidos a estos bienes. Gastos de capacitación o especialización que guarde relación con el servicio que presta, Servicios de suministro de energía eléctrica, provisión de agua, alcantarillado, recolección de residuos o servicios de telecomunicaciones destinados exclusivamente a la prestación del servicio gravado. Arrendamiento de oficina, así como su mantenimiento, remodelación o refacción.Útiles y mobiliarios de oficina, equipamiento profesional y herramientas.Vestimenta acorde para el ejercicio de la profesión u oficio. Repuestos, lubricantes, mantenimientos, reparaciones y seguros de los autovehículos destinados exclusivamente a la prestación del servicio. Subcontratación de servicios profesionales destinados exclusivamente para la prestación del servicio gravadoDNIT unificó criterio de pago del IVA, señalan contadores
Pasos prácticos para preparar el IVA cada mesPara simplificar el proceso mensual, se sugiere seguir estos pasos:
Reunir todas las facturas de ventas del mes y sumar el IVA cobrado (débito fiscal).Reunir todas las facturas de compras vinculadas a la actividad y sumar el IVA pagado deducible (crédito fiscal).Verificar consistencia: datos del RUC, fechas, correlatividad, y que no falten comprobantes.Determinar el resultado (a pagar o saldo a favor) y preparar el pago si corresponde.Presentar la declaración dentro del vencimiento en el sistema “Marangatu” de la DNIT y realizar el pago a tiempo para evitar multas y recargosDado que los procedimientos y herramientas pueden sufrir actualizaciones (de formularios, plataformas, validaciones y requisitos), se recomienda consultar con los canales oficiales de la administración tributaria (DNIT) y, buscar asesoramiento contable para evitar contingencias.
