
Imputan a directivos de farmacéutica por presunta estafa con la tirzepatida
La imputación presentada por la fiscala de Hernandarias, Natalia Montanía, salpica a Óscar Humberto Simón Palmerola, Cynthia Montserrat Ríos Villagra, Darío Alejandro Zanin y José Luis Rodr?...
La imputación presentada por la fiscala de Hernandarias, Natalia Montanía, salpica a Óscar Humberto Simón Palmerola, Cynthia Montserrat Ríos Villagra, Darío Alejandro Zanin y José Luis Rodríguez, todos directivos de Indufar CISA. La acción penal responde a la denuncia formulada por la empresa Bem Estar Clínica Estética, representada por Darío Silva.
De acuerdo con el documento, la clínica fue despojada de su posicionamiento en el mercado al perder su cartera de clientes y quedar con un stock inmovilizado de 20.882 cajas (valuadas en US$ 1.124.000) que se volvieron invendibles a raíz de las supuestas maniobras de su socio comercial.
El origen del conflictoLa alianza entre ambas empresas se inició con el objetivo de producir y distribuir en forma exclusiva productos elaborados a base de tirzepatida. Para proteger el negocio, suscribieron un acuerdo de confidencialidad el 17 de septiembre de 2024 y, posteriormente, un contrato de distribución exclusiva el 2 de junio de 2025.
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Bajo esos acuerdos, Bem Estar supuestamente entregó a Indufar información confidencial estratégica y la fórmula magistral del producto, con el compromiso explícito de utilizarla únicamente en beneficio de la relación comercial conjunta.
Un modus operandiEl Ministerio Público detalla que el 4 de noviembre de 2024 la empresa denunciante entregó la fórmula bajo estricto deber de reserva. Indufar admitió que la usaría como guía de producción; sin embargo, el 4 de julio de 2025, tras acceder al forecast (plan de compras y proyección de mercado) de Bem Estar, la farmacéutica recortó drásticamente el suministro invocando supuestos “ajustes de producción”, según el relato fiscal.
Esta maniobra dejó a la clínica sin provisión regular durante casi seis meses, justo en el momento de mayor crecimiento de la demanda del fármaco.
Mientras Bem Estar sufría el desabastecimiento, Indufar habría derivado la producción para abastecer con normalidad a una red de farmacias vinculadas al entorno de sus directivos (Farmanext, Farmawell, Farmácia do Sul, Farmacon y Farmafoz), desplazando a su socio original, dice el Ministerio Público.
Perjuicio de US$ 4 millonesEl acuerdo también contemplaba que Indufar gestionaría ante Dinavisa un nuevo registro sanitario de tirzepatida para la comercialización exclusiva de Bem Estar bajo la marca Lipofarbil. Sin embargo, los directivos habrían frustrado deliberadamente dicho trámite para concentrar la producción en su marca propia (TG) y acaparar tanto el mercado local como el brasileño.
La Fiscalía concluye que este esquema provocó un supuesto triple daño patrimonial al denunciante, calculado en G. 24.084 millones (alrededor de 4 millones de dólares). El juez de Ciudad del Este, Nelio Prieto, admitió la imputación y fijó para el 29 de julio próximo la audiencia preliminar para los imputados.
Indufar hablan de omisiones y contradiccionesIndufar Comercial e Industrial SA rechazó categóricamente la imputación penal por supuesta estafa, lesión de confianza y asociación criminal promovida por la firma Bem Estar Clínica SA, argumentando que se trata de un conflicto estrictamente comercial y que la vía penal está siendo instrumentalizada tras fracasar en el ámbito civil.
La empresa enfatizó que el Juzgado Civil y Comercial del Décimo Quinto Turno ya desestimó íntegramente las medidas cautelares y el reclamo de US$ 62,5 millones pretendidos por la denunciante, calificándolos de desproporcionados, carentes de respaldo probatorio y basados en estimaciones unilaterales.
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La abogada Bettina Legal, en representación de la empresa farmacéutica, calificó la imputación como un especie de “garrote” y señaló que presenta varias contradicciones. Indicó que ya se interpuso un incidente de nulidad absoluta contra el acta de imputación al señalar que atribuye delitos de forma genérica basándose en el organigrama empresarial sin describir conductas individuales.
La profesional destacó que en la denuncia y posterior imputación se omiten un acuerdo de terminación notarial suscrito el 2 de junio de 2025, donde ambas partes dieron por cumplidas sus obligaciones con la renuncia expresa a futuros reclamos, la existencia de una cláusula arbitral obligatoria no recurrida y la improcedencia de catalogar desacuerdos comerciales o a un directorio formalmente constituido bajo el tipo penal de asociación criminal.
Por último, Indufar confirmó que mantiene sus operaciones con completa normalidad, bajo las normativas de Dinavisa, mientras sus directivos continúan a disposición de la Justicia para ejercer su derecho a la defensa.
