
Hijo de RGD no puede ser beneficiado con salidas transitorias, según informe del MJ
El informe de mala conducta de Fernando Gonzál...
El informe de mala conducta de Fernando González Karjallo, quien cumple una condena a 5 años de cárcel por lavado de dinero proveniente de la usura, desde el 7 de setiembre de 2022; fue remitido por la Dirección de la Penitenciaría Regional de Coronel Oviedo a través de la Dirección de Establecimientos Penitenciarios, a la jueza de Ejecución Especializada en Delitos Económicos Sandra Kirchhofer.
Acompaña el informe firmado por el coronel (R) Rubén Darío Peña Weisensee la Resolución N° 04 del 27 de enero de 2025, por la cual la Dirección de la Penitenciaría Regional de Coronel Oviedo, luego del sumario correspondiente, resolvió sancionar a Fernando González Karjallo por infracciones especialmente graves a la convivencia penitenciaria, de acuerdo con lo establecido en los incisos 7 y 9 del Art. 95 del Código de Ejecución Penal.
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Dicho informe fue realizado a pedido de Arq. Julio Mendoza Yampey, víctima de usura y único querellante en la causa que finalizó con la condena de Ramón González Daher a 15 años de cárcel por usura grave, lavado de dinero y denuncia falsa; y a 5 años de prisión para Fernando González Karjallo por lavado de activos provenientes de la usura.
En atención al tiempo que ya compurgado su sentencia el hijo de González Daher había solicitado a la jueza de Ejecución Sandra Kirchhoffer el beneficio de salidas transitorias de la Unidad Penitenciaria Industrial Esperanza, hasta fueron trasladados ambos a inicios de 2025, desde la cárcel de Coronel Oviedo, donde a su vez habían sido remitidos tras el Operativo Veneratio en Tacumbú, el 18 de diciembre de 2023.
Otros procesos contra hijo de RGDEl Código de Ejecución Penal establece que, para la concesión de las salidas transitorias o la incorporación al régimen de semilibertad, se requiere haber cumplido por lo menos la mitad de la pena, no tener causa abierta u otra condena pendiente, poseer buena conducta y merecer, por parte del organismo técnico-criminológico y del consejo de asesor del establecimiento, un concepto favorable respecto a su evolución y sobre el efecto beneficioso que la salida o el régimen de semilibertad pudieran tener para el futuro personal, familiar y social del interno.
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En ese sentido, el informe remitido por la Dirección de Establecimientos Penitenciarios a la jueza de Ejecución Sandra Kirchhofer resalta que en enero del año pasado, durante una inspección realizada en la Penitenciaría de Coronel Oviedo, los intervinientes incautaron de las celdas de RGD y su hijo 10 teléfonos celulares y bebidas alcohólicas, situación totalmente ajena a la buena conducta que exige la norma.
Además, Fernando González Karjallo tiene otra causa en la que está acusado junto a su esposa Carolina González y su madre, Delcia Karjallo, por supuesto lavado de dinero proveniente del esquema de usura. El requerimiento conclusivo del Ministerio Público en dicha causa fue presentado el 3 de julio de 2024 y hasta ahora sigue pendiente la audiencia preliminar, debido a los recursos planteados por las defensas.
González Karjallo también afronta otro proceso penal por presuntamente haber alquilado inmuebles comisados y que estaban ya bajo poder de la Secretaría Nacional de Bienes Incautados y Comisados (Senabico). En dicho proceso tiene sobreseimiento provisional dictado en agosto de 2025, por lo que en agosto de este año la fiscalía debe resolver si pide su sobreseimiento definitivo o presenta acusación.
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La jueza de Ejecución Sandra Kirchhofer debe fijar fecha para la audiencia en la que se analizará el pedido de salidas transitorias solicitadas por el condenado Fernando González Karjallo.
MP accionó contra fallo favorable al hijo de RGDEn octubre de 2025 la fiscala de Ejecución Celia Beckelman, encargada de la causa a Fernando González Karjallo, hijo del usurero Ramón González Daher y condenado a 5 años de cárcel por lavado de dinero, presentó una acción de inconstitucionalidad en contra del Auto Interlocutorio N° 351 de fecha 14 de octubre de 2025, dictado por el Tribunal de Apelación Penal Integrado por los camaristas Arnulfo Arias (preopinante), Paublino Escobar y Adriana Giagni Rojas.
Mediante dicha resolución el tribunal de alzada hizo lugar al recurso planteado por la defensa del hijo del usurero luqueño Ramón González Daher; y revocó la resolución de la jueza de Ejecución Sandra Kirchhofer, quien había rechazado la promoción al periodo de prueba del condenado a 5 años de cárcel por lavado.
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Al respecto, Beckelman fundamenta que no solo hubo una aplicación errónea de las disposiciones emanadas de los órganos legislativos y judiciales, quienes consideraron como se logra la readaptación del que quebró la paz social y el tiempo que debe cumplir para lograr revertir tal conducta, sino que además pareciera que el Tribunal de Apelaciones “desconociera el método que el Estado reguló la forma de ejecución de la pena”.
“Si tomamos la postura de la misma tendríamos que la ejecución de la pena solo sería una simple privación de la libertad sin otro fin que el aislamiento de aquel que quebró el orden social”, resalta parte de la argumentación del escrito de acción de inconstitucionalidad promovida por la agente del Ministerio Público.
