
Firma electrónica: las diferencias entre la cualificada y no cualificada
El especialista Sebastián Ibarra Maciel señaló que la Ley Nº 6822/2021, “De los servicios de confianza para las transacciones electrónicas, del documento electrónico y los documentos transm...
El especialista Sebastián Ibarra Maciel señaló que la Ley Nº 6822/2021, “De los servicios de confianza para las transacciones electrónicas, del documento electrónico y los documentos transmisibles electrónicos” modificó el régimen jurídico de las firmas electrónicas en Paraguay. Entre los principales cambios, sustituyó el concepto de “firma digital”, utilizado en la legislación anterior, por el de “firma electrónica cualificada”.
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¿Cuál tiene el mismo valor que una firma manuscrita?Sobre el punto, Ibarra explicó en entrevista con ABC Color que el marco legal vigente distingue dos categorías de firma electrónica: la no cualificada y la cualificada.
En esa línea, el abogado refirió que la firma electrónica cualificada es la única que goza de una presunción legal equivalente a la firma manuscrita. “Se le atribuye el mismo efecto jurídico que a una firma manuscrita”, afirmó.
Agregó que esto se debe a que el certificado es emitido mediante un dispositivo específico y por un prestador de servicios de confianza cualificado, lo que garantiza mayores niveles de autenticidad e integridad.
En cambio, la firma electrónica no cualificada también posee validez jurídica, pero presenta una diferencia importante desde el punto de vista probatorio. “Si el firmante niega haberla utilizado, habrá que probar su autenticidad, usualmente a través de una pericia informática”, explicó.
En otras palabras, dijo que ambas son válidas ante la ley, pero no ofrecen el mismo nivel de seguridad jurídica cuando surge un conflicto.
Firma electrónica cualificada vs no cualificada Firma electrónica en Paraguay ¿Cuál es la diferencia entre la firma cualificada y la no cualificada? Firma electrónica cualificada Valor jurídico
Tiene el mismo efecto legal que una firma manuscrita.
Presunción legalLa ley presume que pertenece al firmante.
SeguridadUtiliza un certificado emitido por un prestador de servicios de confianza cualificado.
Si alguien la desconoceGoza de presunción legal de autenticidad.
Uso recomendadoContratos importantes, documentos societarios y operaciones con mayor riesgo jurídico.
Firma electrónica no cualificada Valor jurídicoTambién es válida según la legislación paraguaya.
Presunción legalNo tiene la misma presunción que una firma manuscrita.
EjemplosClic de aceptación, contraseña, correo electrónico, huella digital o plataformas privadas de firma.
Si alguien la desconoceDebe demostrarse su autenticidad mediante pruebas, incluso una pericia informática.
RecomendaciónConservar correos electrónicos, registros de IP y demás evidencias.
Ley Nº 6822/2021 • La firma electrónica cualificada sustituyó al concepto de firma digital. ¿Qué es una firma electrónica no cualificada?El especialista explicó que una firma electrónica no cualificada es cualquier mecanismo electrónico que permita identificar a una persona y expresar su consentimiento. “Puede consistir en un clic sobre un botón de aceptación, una contraseña, una huella digital, un correo electrónico o plataformas de firma utilizadas habitualmente por empresas privadas”, resaltó.
Agregó que su utilización es completamente válida para numerosos actos jurídicos y comerciales, aunque en caso de controversia puede requerirse evidencia adicional para demostrar quién realizó efectivamente la firma.
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¿Una firma escaneada tiene el mismo valor?Ibarra sostuvo que una imagen de la firma manuscrita insertada en un documento constituye el mecanismo más débil desde el punto de vista jurídico.
“La firma escaneada es la más débil de las tres dado que no tiene respaldo técnico, es fácil de copiar y, si el titular la niega, prácticamente no habrá cómo probar su veracidad”, explicó y desaconsejó utilizarla para contratos o documentos de importancia económica.
¿Qué documentos todavía requieren firma manuscrita?El abogado dijo que existen excepciones expresamente previstas por la legislación.
Afirmó que continúan requiriendo escritura pública o formalidades especiales las donaciones de inmuebles, las hipotecas, los testamentos, los matrimonios y el reconocimiento de hijos, entre otros actos. “En esos casos, la firma electrónica todavía no sustituye la presencia física de las partes”, reconoció.
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¿Qué documentos pueden firmarse electrónicamente?Según Ibarra, la mayoría de los contratos civiles y comerciales pueden celebrarse mediante firma electrónica sin inconvenientes. También señaló que las actas de directorio de sociedades ya son aceptadas con firma electrónica cualificada, lo que representa un avance para el sector empresarial.
Cómo proteger la firma electrónicaLa seguridad depende en gran medida del propio usuario. Ibarra recordó que el titular del certificado es responsable de custodiar el PIN, la contraseña y el dispositivo utilizado para generar la firma. “El riesgo de compartir un PIN o una clave es muy grande; la ley presume que todo lo firmado con esos datos es tuyo, aunque lo haya firmado otra persona”, advirtió.
Si existe sospecha de pérdida, robo o vulneración del dispositivo, recomendó informar inmediatamente al prestador del servicio para evitar un uso indebido. “Cuando se emplee una firma electrónica no cualificada, se deben conservar correos electrónicos, registros de IP y demás evidencias que permitan acreditar posteriormente la autoría del documento”, concluyó.
