
Exministro de la Función Pública justificó contratación de Montserrat Alliana sin concurso
El exministro de la Función Pública Humberto Peralta justificó esta mañana la contratación sin concurso de Monts...
El exministro de la Función Pública Humberto Peralta justificó esta mañana la contratación sin concurso de Montserrat Alliana durante el gobierno de Horacio Cartes, asegurando que la ley solo exige este requisito para los funcionarios nombrados.
Señaló que el caso particular fue planteado por el Ministerio de Justicia -donde el prometido de la funcionaria ejercía de viceministro- como una necesidad urgente, práctica que se mantiene en varias instituciones públicas y que, según Peralta, es “legal”.
“Ha sido un pedido que se ha dado a través del Ministerio de Justicia. Entre las atribuciones establecidas en el decreto reglamentario de la ley de presupuesto existía esa posibilidad de una vinculación temporal, asumiendo que la urgencia y la necesidad de la contratación es responsabilidad exclusiva de la máxima autoridad institucional”, comentó.
“La exigencia para el nombramiento en un cargo permanente es el concurso. No existe la excepción para ser funcionario nombrado en ninguna institución, por lo menos dependiente del Poder Ejecutivo, sin el paso previo del concurso”, precisó.
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Traspaso de contratada a nombrada no exige concurso si es cargo de confianza, dijoConsultado sobre cómo es posible que siete años después esa contratación “temporal” continúe, Peralta volvió a justificar el hecho y dijo que los cambios de cargo avalan la modificación de la condición laboral.
“Cambiar de cargo significa que cambia su modalidad de vinculación. Si el ingreso se ha dado por una contratación, la movilidad que tuvo al interior de la administración pública, dentro o fuera del Ministerio de Justicia, ya ha sido por otra modalidad de vinculación”, señaló.
Consultado sobre si, a pesar de eso, debería haber sido sometida a concurso, señaló que no, por tratarse de un “cargo de confianza. Eso es una materia que requiere en los tres niveles de gobierno, una delimitación o una taxativa enunciación a los efectos de evitar interpretaciones”.
“En el caso de la hija del vicepresidente, al moverse de una contratación a una designación en un cargo permanente, eso implica necesariamente ya el cambio de modalidad y en el cambio de modalidad no existe la obligatoriedad del concurso en ningún cargo de confianza”, alegó, contradiciéndose.
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