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Esto es lo que los candidatos a cargos electorales municipales deben rendir ante el TSJE

Aproximadamente son 19.000 los candidatos a cargos electorales para las elecciones municipales del 4 de octubre próximo que se celebrarán a nivel nacional en Paraguay.Con el nuevo sistema ...

Aproximadamente son 19.000 los candidatos a cargos electorales para las elecciones municipales del 4 de octubre próximo que se celebrarán a nivel nacional en Paraguay.

Con el nuevo sistema de voto preferencial y la promulgación de la ley 6.501 que modifica el financiamiento político, los mismos están obligados a rendir cuentas ante el TSJE sobre los importes recibidos y los gastos realizados durante su campaña de manera individual.

Cristian Ruíz Díaz, director de financiamiento político del TSJE explicó que estas leyes forman parte de las cinco que regulan el financiamiento político, que se modifican entre sí, lo que hace que cueste mucho entender la normativa en general, por ende, la hace mucho más difícil de aplicar y cumplir con los requisitos.

“Tenemos un cumplimiento aproximado a hoy del 90% de presentación, o sea, en solo un 10% que son los que no cumplieron y hay que recordar que también están obligados a cumplir esta obligación los suplentes y es por ahí donde cuesta un poquito más conseguir que los suplentes cumplan con la obligación”, puntualizó.

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Partidos tienen un alto grado de cumplimiento, según TSJE

No obstante, dijo que los partidos tradicionales tienen elevadísimo grado de cumplimiento, pero el mayor problema que encuentran es con los movimientos pequeños. Independiente al cumplimiento, agregó que las declaraciones iniciales de ingreso y gasto ya están publicadas en el Observatorio Nacional de Financiamiento Político.

Destacó que ahora los candidatos están utilizando el Sistema Nacional de Financiamiento Político (Sinafip) para cargar los gastos que van incurriendo, pese a que la presentación final la tienen que realizar 60 días después de las elecciones.

“Los candidatos lo que hacen en sus declaraciones iniciales es declaran o informan todos los recursos monetarios y no monetarios que tiene. Recursos monetarios significa si tiene dinero en efectivo o tiene dinero en cuenta bancaria que quiere utilizar para financiar su campaña”, precisó.

Explicó que eso no significa que durante el transcurso de la campaña uno no pueda seguir recibiendo dinero, ya sea por donación de amigos, parientes e incluso sacar un préstamo hasta un mes antes de las elecciones, pero todo ese dinero recaudado durante la campaña posterior a la presentación de la declaración inicial, ya tiene que entrar por la cuenta única de la organización política y eso debe reflejar en la rendición de cuentas de la organización.

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¿Qué pasa con el dinero en negro?

Sobre el dinero que no se declara o dinero “en negro”, aseguró que si bien hay una serie de cosas que se pueden hacer, en líneas generales es imposible detectar por lo menos para el TSJE, teniendo en cuenta que la institución trabaja o verifica la parte documental, la parte rendida. “Lo que está en negro, lo que no se declara es imposible, diría yo”, afirmó.

Una de las cosas que se podría hacer es ajustar la normativa en materia de publicidad, como ocurre en Colombia, donde las publicitarias están obligadas a comunicar mensualmente al al órgano electoral a quién le está otorgando espacio la cartelería, dónde están poniendo carteles, quién está pagando, cómo está pagando, cuánto cuesta y por cuánto tiempo.

Con respecto a los controles que si existen, citó acciones que varias instituciones aplican, como la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad), o incluso la Fiscalía.

Además, siempre apelan a la consciencia ciudadana de no recibir fondos de dudosa procedencia, como también recordó la responsabilidad de las organizaciones políticas, que por ley son sujetos obligados que debe de asegurar que ningún candidato meta dinero sucio dentro de su estructura.

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Control de donaciones

Otra modificación que dijo se debería implementar es sobre el control de las donaciones que van a la cuenta del partido. Recordó que los partidos políticos tampoco pueden financiar a los precandidatos para las internas, recién para las elecciones generales o en este caso, las municipales.

Agregó que los gastos de la campaña publicitaria en forma general se declaran como partidos políticos, por lo que se pierde la trazabilidad del dinero cuando se trata de candidatos particulares.

“El candidato, está bien, declara al inicio, ahora declaré que tengo G. 100 millones, pero todos sabemos que con G. 100 millones no puedo llegar hasta el 4 de octubre, si llego, me va a faltar. Entonces, yo voy a seguir recibiendo, pero yo no lo voy a declarar como Cristian Ruiz y lo voy a tener que ingresar, si ingresa, a la cuenta única bancaria de la organización política y eso la organización política va a rendir como un dinero de la organización política, pero yo no voy a poder hacer la trazabilidad cuando me llegue la remisión de la organización política para a nombre de quién vino ese dinero”, dijo.

Adelantó que están trabajando en un ajuste legal para que el candidato, si bien puede rendir o presentar inicialmente una declaración de cuánto tiene para comenzar, después la ley no le cierre la posibilidad de seguir registrando en forma personal cuánto le ingresa y cuánto es lo que gasta.

Fuente: https://www.abc.com.py/politica/2026/08/11/esto-es-lo-que-los-candidatos-a-cargos-electorales-municipales-deben-rendir-ante-el-tsje/

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