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Esto dice la Caminera sobre los protectores de chapas y luces de emergencia

Desde diciembre del 2021 que por ley ...

Desde diciembre del 2021 que por ley está prohibido el uso de luces rotativas en vehículos particulares, a excepción de las patrulleras de la Policía Nacional, transportadores de explosivos, de seguridad o maquinarias especiales.

Al respecto, la jefa de Relaciones Públicas de la Patrulla Caminera, Patricia Ferreira, recordó que quienes incumplan esta norma, se exponen entre 1 y 5 jornales mínimos de multa.

Asimismo, reconoció que anteriormente se registraban muchos más casos de los que hay ahora, pero pese a las comunicaciones sobre su prohibición, aún hay algunas intervenciones en las rutas.

“Una sanción pecuniaria; 1 a 5 jornales mínimos. Las balizas (luces de emergencia) están prohibidas para vehículos particulares”, detalló a la 1080 AM.

Irregularidades de la Patrulla Caminera se hallaron gracias a la información pública de funcionarios

Caminera sobre protectores de chapa

Por otra parte, aparentemente ahora hay algún tipo de “moda” de colocar unos protectores oscuros -ahumados como se promocionan en redes- a las chapas.

Al respecto, Ferreira aseguró que estos también están prohibidos, ya que directamente pueden dificultar o imposibilitar la visibilidad de las letras y números de la chapa.

“Está prohibido porque no se puede identificar; puede ser sancionada por chapa ilegible. La chapa en horarios nocturnos debe reflectar y si tienen ese protector negro ya impide que pueda ser identificado el vehículo”, detalló.

Finalmente, confirmó que la multa por estos casos asciende hasta diez jornales mínimos.

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Fuente: https://www.abc.com.py/nacionales/2025/10/28/esto-dice-la-caminera-sobre-los-protectores-de-chapas-y-luces-de-emergencia/

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