
Desde septiembre, la DNIT reduce el interés para pagar impuestos en cuotas: ¿cuánto bajará?
La medida tendrá vigencia desde el 1 de septiembre de 2026 y alcanzará a todas las facilidades de pago que la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) otorgue desde esa fecha, informó ...
La medida tendrá vigencia desde el 1 de septiembre de 2026 y alcanzará a todas las facilidades de pago que la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) otorgue desde esa fecha, informó la institución fiscal.
El Poder Ejecutivo estableció, mediante el Decreto N° 6478/2026 “Por el cual se fija la tasa de interés para las facilidades de pago de tributos administrados por la Gerencia General de Impuestos Internos (GGII) de la DNIT”, un interés del 1,4% mensual para los planes de financiación de impuestos administrados por la GGII.
El decreto, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), reduce la tasa vigente de 1,5% mensual y busca adecuar las condiciones de regularización tributaria al escenario económico actual.
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¿Qué implica la nueva tasa de interés de la DNIT?Los contribuyentes con deudas tributarias podrán acceder a planes de pago con una tasa mensual del 1,4% sobre el saldo financiado. Estos acuerdos permiten cancelar obligaciones pendientes mediante cuotas autorizadas por la administración tributaria.
La normativa establece que la tasa para facilidades de pago debe ubicarse por debajo del recargo por mora tributaria, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 125/1991 “Que establece el nuevo régimen tributario regulando los impuestos a los ingresos, el consumo (como el IVA) y las normas de procedimiento fiscal del país”.
En ese sentido, el decreto recuerda que el Poder Ejecutivo fijó en 1,5% mensual el recargo o interés moratorio para obligaciones tributarias, por lo que la nueva tasa queda dentro del límite establecido por la legislación.
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Gobierno actualiza el esquema de facilidades de pago tributariasEntre los fundamentos del decreto, el Ejecutivo señala que la actualización responde a la necesidad de ajustar la tasa de interés a las condiciones económicas vigentes y mantener un equilibrio entre los mecanismos de regularización de deudas y la gestión de los recursos fiscales.
La DNIT solicitó la modificación de la tasa tras los informes técnicos y jurídicos elaborados por sus dependencias, con el objetivo de actualizar el costo financiero de los convenios de pago.
El Decreto N° 6478/2026 deja sin efecto el Decreto N° 5028/2021 a partir del inicio de vigencia de la nueva disposición.
