
Contraloría evidencia irrisoria garantía de las inversiones del IPS en bancos
El equipo fiscalizador de la Contraloría General de la República (CGR) reveló que el Instituto de Previsión Social (IPS) no cuenta con procedimientos específicos para casos de quiebra o insolv...
El equipo fiscalizador de la Contraloría General de la República (CGR) reveló que el Instituto de Previsión Social (IPS) no cuenta con procedimientos específicos para casos de quiebra o insolvencia de entidades financieras. La previsional se limita a las disposiciones establecidas en la Ley Nº 2334/03 de Garantía de Depósito.
Al respecto, el director de Auditoría Forense de la Contraloría, Leandro Villalba, explicó ayer a ABC que esa ley establece un límite de cobertura de 75 salarios mínimos, que equivalen a G. 228.300.000 actualmente.
Eso está previsto en el artículo 1, inciso C de la mencionada ley, que señala textualmente: “Los depósitos sujetos a protección, estarán constituidos por el conjunto de imposiciones de dinero, bajo cualquier modalidad y denominación, de las entidades privadas del sistema financiero nacional, hasta el equivalente a 75 salarios mínimos mensuales”.
La diferencia entre esa cobertura y el volumen de recursos que maneja el IPS es sustancial. La previsional tiene aproximadamente G. 3 billones, equivalentes a unos US$ 1.000 millones, colocados en diferentes bancos. “Este tipo de cobertura no está diseñada de manera específica para la gran cantidad de ahorros que están en el sistema como el IPS”, planteó Villalba.
IPS tendría prioridadEl director hizo la salvedad de que el artículo 20 de la mencionada ley prevé una prioridad para los fondos previsionales. En términos sencillos, establece que, si un banco quiebra y no tiene suficiente dinero para devolver todos los depósitos, los fondos del sistema de previsión social, como los del IPS, tienen prioridad para ser recuperados; sin embargo, esa prioridad no significa que todo el dinero del IPS esté garantizado, primero se cubriría el monto mínimo protegido por depositante y, si queda dinero disponible, se continuaría devolviendo los depósitos según el mecanismo establecido por la ley.
Villalba hizo énfasis en que, en caso de que una entidad bancaria enfrente una situación que active los mecanismos previstos por la legislación, el proceso quedaría bajo responsabilidad del Banco Central del Paraguay (BCP). “Ya no tiene el control el IPS sobre lo que pudiere acontecer”, explicó.
El auditor acotó que la observación de la Contraloría General no pretende generar alarma. “Pero tampoco para tomarlo a la ligera, porque estamos hablando de mucho dinero público”, sostuvo.
La concentración de las colocaciones del IPSAl cierre de 2025, cuatro bancos concentraban el 70% de las colocaciones de la previsional, de acuerdo con los datos de la Contraloría.
Sudameris tenía el 21,4%; Ueno Bank, 19%; Banco Nacional de Fomento (BNF), 14,5%; y Continental, 14,4%.
Del 1,0% en 2023 (G. 80.000 millones), Ueno Bank pasó al 8,4% en 2024 y al 19,7% en 2025 (G. 1.602.000 millones).
La concentración es uno de los elementos considerados por la CGR al recomendar el fortalecimiento de los mecanismos de monitoreo y evaluación del riesgo de contraparte y de concentración de las inversiones.
CGR cuestionó manejo de exasesor jurídicoLeandro Villalba, director de auditoría forense de la Contraloría General de la República (CGR), también objetó el procedimiento por el cual el exasesor jurídico del IPS José González Maldonado cobró G. 412.500.000 en honorarios profesionales mediante un rápido acuerdo extrajudicial.
Según Villalba, el dictamen enviado a la Fiscalía advierte irregularidades como el conflicto de intereses, omisión de la regulación judicial de honorarios y falta de análisis actuarial para proteger los fondos previsionales.
El caso involucra una millonaria deuda por aportes obrero-patronales de una empresa privada, acumulada entre 2003 y 2018. El 29 de julio de 2024, la firma ofreció cancelar la deuda y los honorarios. Apenas 24 horas después, el Consejo Directivo del IPS aprobó el pacto, impulsado por la Asesoría Jurídica del propio González Maldonado.
Un punto crítico, registrado en el acta Nº 054/2024, es que el exasesor admitió operar con la venia del presidente Santiago Peña y del asesor presidencial Juan José Galeano para “blindar” política y jurídicamente el acuerdo, el cual incluyó una importante quita de la deuda. La CGR cuestiona que un pago de esta naturaleza debió ser regulado por un juez, tal como exige la ley, y no decidido internamente.
Además, Villalba destacó que González suscribió el dictamen jurídico que sirvió de base para autorizar el acuerdo que finalmente derivó en su millonario cobro. También criticó que no se realizara un análisis actuarial, obligatorio por la protección constitucional de los fondos previsionales.
La Fiscalía, a cargo del fiscal Cristian Benítez, ya tiene el caso. La CGR ratificó su informe y solicitó profundizar la investigación, señalando además que no hay evidencia de que otros abogados que intervinieron en el litigio durante años hayan cobrado honorarios, existiendo solo la factura del exdirector jurídico.
