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Caso audios filtrados: dictan el sobreseimiento provisional a la exfiscala Casse Giménez

El juez penal de garantías N° 9 Rolando Duarte dispuso, tras llevar a cabo la audiencia preliminar, el sobreseimiento provisional a la exfiscala ...

El juez penal de garantías N° 9 Rolando Duarte dispuso, tras llevar a cabo la audiencia preliminar, el sobreseimiento provisional a la exfiscala Casse Evelyn Giménez Jiménez y al defensor público Fermín Antonio Bogado Domínguez, quienes están sujetos a un proceso penal por la presunta comisión del hecho punible de testimonio falso derivado del caso de los audios filtrados del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).

Cabe resaltar que el plazo del sobreseimiento provisional, en este caso, es de 3 años, teniendo en cuenta que el ilícito de testimonio falso tiene un marco penal de hasta 10 años, por lo que se considera un crimen.

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La agente fiscal Claudia Aguilera había solicitado la referida salida procesal el 12 de febrero de 2025, mediante el Requerimiento Fiscal N° 11. Esto “al no encontrar convencimiento y certeza respecto a los elementos para una acusación fiscal, además de ello se ha descriptos los elementos que desea incorporar la fiscalía y que se encuentran plasmados en la misma”.

El juez Rolando Duarte también hizo lugar al pedido de inclusión probatoria planteado por la exfiscala Casse Giménez, relacionado a una diligencia pericial acústica (audio). Al momento de solicitar esta prueba, la encausada señaló que “es un punto importante porque el audio que la Fiscalía sostiene que existe montaje y manipulación conforme el escrito presentado, en el mismo no existe principio de contradicción, ya que la defensa no pudo realizar la pericia”.

Así también, el magistrado admitió las diligencias propuestas por la fiscala Claudia Aguilera, en el marco del sobreseimiento provisional, entre ellas la toma de declaraciones testificales, diligencias periciales y documentales a ser incorporados, así como una constitución a la oficina del exlegislador Jorge Oviedo Matto a fin de observar la disposición de la oficina.

Proceso a exfiscala Casse Giménez por testimonio falso

El legislador Oviedo Matto había denunciado que los procesados habrían mentido al atribuirle una voz grabada en la que exigía “Casse, amanecé en el banco”, para supuestamente pagarle una suma de dinero para gestionar la destitución de otra fiscala.

La fiscala Claudia Aguilera había presentado la imputación contra la hoy exfiscala Casse Giménez y el defensor público Fermín Bogado, el 13 de septiembre de 2024, como derivación de la Sentencia Definitiva (SD) N° 02 del 28 de diciembre de 2020, mediante la cual fueron condenados Óscar González Daher (+), Raúl Fernández Lippmann y Carmelo Caballero, por tráfico de influencias.

Imputación a exfiscala Casse Giménez queda firme después de dos años

El Ministerio Público atribuye a ambos de hechos contradictorios declarados, como testigos, en el marco del juicio oral y público en la causa denominada Raúl Fernández Lippmann y otros.

En julio pasado, Tribunal de Apelación en lo Penal, primera sala, confirmó el procesamiento de la exfiscala Casse Giménez y el defensor público Fermín Bogado, por presunto testimonio falso en el caso audios filtrados del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM).

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Los magistrados Camilo Torres, Jesús Riera y Paublino Escobar confirmaron, luego de dos años, el Auto Interlocutorio (AI) N° 888 del juez penal de garantías Rolando Duarte, que admitió la imputación presentada contra Giménez y Bogado el 18 de septiembre de 2024.

Casse Giménez fue removida por el JEM

El 16 de julio de 2024, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) había resuelto la remoción de su cargo de fiscala a Casse Giménez tras declararla culpable de mal desempeño en sus funciones. La decisión fue unánime, entonces bajo la presidencia de la Dra. Alicia Pucheta.

Durante ese proceso, Casse Giménez había presentado renuncia el 15 de julio, es decir un día antes de que se dicte sentencia en su causa, ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) e incluso tuvo sello de entrada de la máxima autoridad judicial. Pese a ello, y a que supuestamente no hubo notificación al JEM, se trató su remoción.

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Sin embargo, este mismo tratamiento no se dio ni por parte de la Corte ni por el JEM en casos posteriores, tales como el de la jueza de Ejecución Penal de Villa Hayes, Rossana Jaqueline Rojas Benítez, que el 4 de diciembre de 2025 debía conocer su sentencia en el Jurado, pero la máxima instancia judicial se apuró en aceptar su renuncia.

Lo mismo ocurrió en el caso de la jueza penal de garantías de Lambaré, Isabel Bracho, quien afrontaba entonces un enjuiciamiento ante el órgano constitucional.

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Al tiempo de la sesión de la Corte, el ministro César Garay, quien además ejercía la presidencia del JEM, anunció que el enjuiciamiento a la jueza Rossana Rojas estaba para sentencia y de hecho que una semana antes debió dictarse, pero se postergó. Y después calificó como “artilugio” su renuncia para escapar de la remoción.

Pero luego el ministro Víctor Ríos expresó una postura distinta a la de Garay al manifestar que “la base ética es la autonomía de la voluntad, por lo que no se puede obligar a nadie a seguir siendo parte de algo, como en este caso del Poder Judicial”.

Fuente: https://www.abc.com.py/nacionales/2026/09/10/caso-audios-filtrados-dictan-el-sobreseimiento-provisional-a-la-exfiscala-casse-gimenez/

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