
Buscan que próximo reajuste sea más beneficioso para el bolsillo del trabajador
El presidente, Santiago Peña, autorizó el pasado viernes 27 de junio un reajuste del 3,6 % del ...
El presidente, Santiago Peña, autorizó el pasado viernes 27 de junio un reajuste del 3,6 % del salario mínimo, que a partir del próximo 1 de julio será de 2.899.048 guaraníes mensuales y de 111.502 guaraníes el jornal.
El Conasam recomendó un reajuste del 3,6 % sobre la base del porcentaje de inflación acumulada medida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), detalló el decreto.
Por su parte, cinco centrales sindicales agrupadas en la Mesa Sindical Paraguaya plantearon en mayo pasado un aumento del salario mínimo del 15 % alegando una pérdida de poder adquisitivo.
El viceministro de Trabajo, César Segovia, se refirió a esta situación y explicó: “Ellos hablan de una pérdida de algo así más del 30% desde el 89. Hay que recordar que del 89 hasta el 2016 el reajuste se hacía cada vez que la inflación llegaba al 10%, y desde el momento que llegaba al 10% entre el momento que se tomaba la decisión pasaban 2 o 3 meses y se perdía o había una inflación de 2 o 3%, porque antes la inflación era más alta”.
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Luego sostuvo: “Desde los últimos 20 años la inflación está bastante controlada en el Paraguay y con el reajuste, con la modificación de la ley que se dio en el 2016, esa pérdida fue ya menor”.
Prácticas utilizadas en otros paísesEl viceministro reconoció que el BCP va a seguir usando el IPC porque es útil como instrumento política y monetaria, pero que el gobierno buscará negociar otras alternativas.
“En ese sentido, nosotros iniciamos una serie de conversaciones, pedimos la cooperación de la Organización Internacional del Trabajo, ya hemos tenido unas reuniones virtuales en las cuales estamos viendo cuáles son las prácticas utilizadas en los otros países de reajuste”, indicó.
A renglón seguido recalcó: “Lastimosamente, nuestro trabajo no pudo llegar a un término antes del mes de junio, porque en el mes de junio está establecido por ley que se realiza la reunión del Consejo Nacional de Salarios Mínimos”.
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En otro momento, César Segovia explicó que para realizar esa modificación, la misma debe pasar por el Congreso. “Tiene que modificarse el artículo 255 del Código Laboral. Pero la idea es modificar ese artículo antes de fin de año para que el trabajador pueda tener un reajuste un poco más acorde a lo que realmente le afecta a su bolsillo”.
“Hay muchos porcentajes, muchos números, pero hay una normativa que está vigente, yo creo que lo más recomendable va a ser encontrar un indicador consensuado, si se puede, y eso ya aplicará a partir del año que viene”, finalizó.