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Aumento de penas por abigeato: Robar ganado va camino a ser más grave que hechos por corrupción

En sesión de este martes en la Cámara de Diputados, se dio media sanción al proyecto de ley que modifica y amplía el artículo 163 de la Ley Nº 3440/2008 “Código Penal” y a...

En sesión de este martes en la Cámara de Diputados, se dio media sanción al proyecto de ley que modifica y amplía el artículo 163 de la Ley Nº 3440/2008 “Código Penal” y aumenta considerablemente las penas relacionadas con el abigeato, un flagelo que alegan afecta principalmente a pequeños productores y familias humildes.

“La plaga más grande que tiene nuestro país en el campo se llama abigeato y el cáncer más doloroso que tiene nuestro país se llama la corrupción”, dijo el proyectista, diputado Hugo Meza (ANR, B) celebrando la decisión de aumentar las penas contra el abigeato y por otra parte, también contra la corrupción.

Sin embargo, la realidad es que, por ahora, lo que ya va a mitad de camino de aumentarse son las penas por abigeato; mientras que para la corrupción se postergó por tiempo indefinido su estudio en particular.

En el caso de prosperar en Senado, este proyecto plantea elevar de los 5 años actuales hasta 15 años de prisión la expectativa de penas para los que roben ganado.

Modificación de Penas por Abigeato - ABC Color Política • Proyecto de Ley en Diputados Modificación de Penas por Abigeato

Análisis del marco normativo vigente frente al proyecto de ley que incrementa las sanciones y especifica agravantes.

Cuadro Comparativo de Articulado Fuente: Proyecto de Ley Ley Actual Proyecto de Modificación Propuesta 1° — Tipo Base

El que hurtará una o más cabezas de ganado menor o mayor, será castigado con pena privativa de libertad de hasta cinco años.

1° — Tipo Base Reformado Piso Aumentado

El que hurtara una o más cabezas de ganado menor o mayor, será castigado con pena privativa de libertad de dos a diez años.

2° — Mayor Valor / Utilidad

Cuando se hurtará cabezas de ganado menor o mayor de considerable valor o utilidad, la pena privativa de libertad será de uno a diez años, atendiendo las condiciones especiales de la víctima.

2° — Ampliación de Agravantes 3 a 15 Años

La pena será de 3 a 15 años cuando el autor:

▪ Realizara el hecho comercialmente. ▪ Mediante el hecho causara la indigencia de otro. ▪ Hurtara cabezas de ganado como miembro de una banda formada para la realización continuada de abigeatos, y con la intervención de otro miembro (aplica lo dispuesto en los arts. 57 y 94 del Código Penal). ▪ El hecho se refiera a ganado de gran utilidad o valor. ▪ Se ejecute aprovechando calamidad, infortunio o peligro común. ▪ Participe un funcionario público que, violando sus deberes o abusando de sus funciones, facilitare directa o indirectamente su comisión y se realice bajo los presupuestos del art. 164 del Código Penal (hurto especialmente grave). 3° — Disposición Logística (Sin disposición equivalente explícita en este numeral) 3° — Transporte y Transganados Nueva Figura

Cuando el hecho se realizare con la participación del dueño o del conductor del camión transganado u otro vehículo utilizado para el transporte de las cabezas de ganado sustraídas, éstos serán castigados con pena privativa de libertad de tres a quince años, y además se aplicará lo dispuesto en el art. 57 del Código Penal.

Puntos Claves del Cambio Legal Pena Mínima Base Pasa de hasta 5 años a un piso obligatorio de 2 a 10 años

Se elimina la pena alternativa flexible del marco actual y se establece un piso mínimo inexcusable de 2 años de cárcel, elevando el máximo simple a 10 años de pena privativa de libertad.

Nuevos Agravantes Específicos Sanción directa a la cadena logística y de transporte (3 a 15 años)

Inclusión explícita de sanciones severas para conductores y dueños de transganados, bandas organizadas, comercialización ilegal, afección hasta la indigencia de la víctima y complicidad de funcionarios públicos.

“En el Paraguay se cuenta con 130.868 tenedores de ganado, de los cuales aproximadamente 97.000 corresponden a pequeños productores. Quiere decir que más del 70% son pequeños y medianos productores y que no son grandes ganaderos, son los más perjudicados”, sostuvo Meza.

El mismo acotó que además de estas estadísticas, la otra realidad es que el régimen legal laxo existente actualmente facilita que los pocos que son detenidos, sean liberados rápidamente. Por eso, es que quieren elevarlo a la categoría de crimen.

“Mucha gente que nos ve seguramente sabe que esta plaga, que se llama abigeato, cuando se le detiene, cuando nuestra Policía Nacional hace un esfuerzo, una investigación y se le detiene generalmente en menos de 15 a 22 días, ojepoipa jeyma (se le suelta todo otra vez) porque el fiscal o porque el juez encuentra un atajo, un camino para que pueda soltarle a ese delincuente”, dijo.

¿Qué reformas se introducen a la ley?

El presidente de la comisión de Legislación, cuyo dictamen fue el aprobado, el diputado Jorge Ávalos Mariño (PLRA) destacó que entre las principales reformas “se reemplaza la relación ambigua que hablaba de ganado, es decir, de considerar de valor o utilidad y de condiciones especiales de la víctima, por agravantes específicas y claros”.

Entre ellas por ejemplo se menciona como agravante:

La comisión del hecho con fin comercialLa producción de indigencia a la víctimaLa actuación en bandaLa afectación de ganado de gran valor (campeones, reproductores, sangre pura y otros)Aprovechamiento de calamidad (inundaciones y demás),Participación de funcionarios públicosUso de camiones transganados".

La diputada Rocío Vallejo (Partido Patria Querida) también sumó su respaldo, mencionando que no solo se trata de ganado, sino de lo que una vaca puede representar para cada propietario.

“A veces uno dice: ‘Una vaca no más es’, pero esa vaca es la que le da de comer a esa familia y la zozobra en la que uno está y luego va esto en escala. ‘Una vaca nomás’, y ella es la vaca campeona que cuesta, no sé, G. 1.000 millones. ‘Una vaca nomás es’, pero es la que da leche todos los días a esos niños”, sostuvo.

Ya en su área de expertise, el área penal, comentó que la reforma busca un castigo real elevando las penas, a fin de que se deje de favorecer a los abigeos con medidas alternativas a la prisión que les permiten repetir el ciclo infinitamente.

“¿Qué sucede ahora? Se roba una vaca, entonces se le da una suspensión condicional al delincuente que acabó con la fuente de recursos de una familia. Y entonces la suspensión condicional cumplía la regla: donar 3 litros de leche y de la vaca que robó seguramente saca la leche que va a donar otra vez; entonces luego tiene su sobreseimiento”, lo cual ahora con el aumento de penas, ya no será posible, enfatizó.

Con la aprobación de la Cámara de Diputados, el proyecto ahora va al Senado para su segundo trámite constitucional.

Fuente: https://www.abc.com.py/politica/2026/08/20/aumento-de-penas-por-abigeato-robar-ganado-va-camino-a-ser-mas-grave-que-hechos-por-corrupcion/

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